CASO ASSANGE: 24.08.12 Canciller Alfredo Moreno : un aspecto que es esencial en el Derecho Internacional y en la convivencia pacífica de los Estados, que es la inviolabilidad de los locales diplomáticos. Lea resolución de la vigésima séptima Reunión de Consultas de Ministros de Relaciones Exteriores de la OEA

Viernes, 24 de agosto de 2012






El Ministro de Relaciones Exteriores, Alfredo Moreno, intervino en la 27 reunión de Consulta de Ministros de Relaciones Exteriores de la Organización de Estados Americanos (OEA), convocada para tratar la inviolabilidad de los locales diplomáticos de Ecuador en Londres. “Quisiera agradecer la invitación que ha hecho el Ecuador para poder considerar un aspecto que es esencial en el Derecho Internacional y en la convivencia pacífica de los Estados, que es la inviolabilidad de los locales diplomáticos”, señaló.





En la cita, desarrollada en la sede de la OEA en Washington, el Ministro Moreno enfatizó que “si hay algo que nos une y lo que nos fortalece es la defensa de los principios y el Derecho Internacional y consideramos que ningún Estado puede invocar normas del derecho interno para justificar el incumplimiento de sus obligaciones o de los tratados internacionales”.



“Chile quisiera reiterar su solidaridad y su respaldo con el Gobierno del Ecuador. De la misma manera quisiera decir que nos alegra la comunicación que se nos ha entregado durante esta reunión en la cual el Reino Unido ha señalado su pleno acatamiento a la Convención de Viena”, afirmó.



En su intervención, el Canciller chileno llamó al diálogo entre ambos países. “Es esencial que el diálogo entre estos dos países, Reino Unido y Ecuador, continúen con miras a resolver los otros aspectos de esta controversia al amparo del Derecho Internacional, dentro del cual, como ya he dicho, se encuentra claramente la inviolabilidad de los locales diplomáticos”. Asimismo, puntualizó que “no hemos sido citados aquí para considerar la situación del señor Assange, sino a lo que hemos sido citados es precisamente para defender este principio que para Chile es esencial”.







Cabe destacar que Chile fue propuesto por el Canciller de Perú, Rafael Roncagliolo, quien presidió la reunión, y aceptado por unanimidad de los países para liderar las conversaciones que lograron obtener un documento de consenso, el que finalmente fue aprobado por todos los representantes, con reserva de Canadá.







Al término de la sesión, el Ministro Moreno expuso la resolución de la vigésima séptima Reunión de Consultas de Ministros de Relaciones Exteriores, que resuelve lo siguiente:







1. Reiterar la vigencia plena de los principios y normas que regulan las relaciones diplomáticas entre los Estados y en particular aquellas referidas al pleno respeto de la inviolabilidad de los locales de las misiones diplomáticas y de las oficinas consulares, de conformidad con lo establecido en la Convención de Viena de 1961 sobre Relaciones Diplomáticas, y la Convención de Viena de 1963 sobre Relaciones Consulares.







2. Reafirmar que dichos principios y normas constituyen reglas fundamentales para asegurar la convivencia pacífica entre todos los países que conforman la comunidad internacional.







3. Reiterar la plena vigencia de los principios consagrados en el derecho internacional, como el respeto a la soberanía, el fiel cumplimiento de los tratados internacionales, la solución pacífica de las controversias, la coexistencia pacífica de los Estados y la renuncia a recurrir a la amenaza o al uso de la fuerza para dirimir los conflictos.







4. Rechazar cualquier intento que ponga en riesgo la inviolabilidad de los locales de las misiones diplomáticas y reiterar la obligación que tienen todos los Estados de no invocar normas de derecho interno para justificar el incumplimiento de sus obligaciones internacionales, y en este contexto manifestar su solidaridad y respaldo al Gobierno de la República del Ecuador.





5. Instar a los gobiernos del Ecuador y del Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte a continuar el diálogo que permita resolver sus actuales diferencias, de acuerdo con el derecho internacional, teniendo en cuenta las expresiones recientemente formuladas por autoridades de ambos gobiernos.







6. Encomendar al Consejo Permanente que de atento seguimiento a esta materia.







MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES

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