diputados: Moción limita facultad de exclusión de prueba del Juez de Garantía

diputados: Moción limita facultad de exclusión de prueba del Juez de Garantía




Publicado el 26 de octubre del 2012



Durante los últimos días ha surgido un debate en el que han participado jueces, autoridades del Estado, académicos y todos quienes intervienen en el proceso penal. Ello, luego que se pusiera en duda la eficacia de un sistema procesal penal de reciente aplicación y de índole eminentemente garantista, el cual no provee de herramientas eficaces al Ministerio Público, para cumplir su función.



La moción (boletín 8641) fue presentada por los diputados UDI Pedro Pablo Alvarez-Salamanca, Eugenio Bauer, Sergio Bobadilla, María Angélica Cristi, Gustavo Hasbún, Javier Hernández, Cristian Letelier, Felipe Salaberry e Ignacio Urrutia, y el RN Alberto Cardemil.



El texto expresa que en el nuevo proceso penal se han establecido atribuciones a los jueces de garantía, que lo facultan para influir en los resultados del procedimiento de manera radical, especialmente a través de la exclusión de pruebas. En muchos casos, se trata de pruebas esenciales, para que el Tribunal Oral en lo Penal -órgano que conoce finalmente del Juicio Penal- pueda tomar un conocimiento cabal del asunto sometido a su jurisdicción, y fallar conforme a Derecho.



Por otro lado, el actual Código Procesal Penal faculta únicamente al Ministerio Público para interponer el Recurso de Apelación, en contra de la resolución que excluye determinadas pruebas.



Lo que la ley persigue es que los juicios no se dilaten con pruebas inconducentes o repetitivas, o precaver que se empleen aquellas que hayan sido obtenidas con infracción a la ley. Sin embargo, la pregunta es si corresponde que haya jueces, distintos de los llamados a ponderar la prueba, dedicados exclusivamente a ello y que, por lo mismo, pueden sufrir la tendencia a exagerar su rol en el proceso.



Para los parlamentarios “es muy discutible que un juez tenga la función de limitar a otros el derecho de enterarse de ciertos antecedentes que ofrecen las partes, de modo que no puedan decidir por sí mismos si les atribuyen relevancia (...). En los casos criminales, las pruebas son las que deciden los juicios”.



Por lo anterior, se propone modificar el inciso segundo del artículo 277 de la Constitución Política, reemplazándolo por uno que permita a todos los intervinientes interponer tal recurso.



El proyecto es analizado por la Comisión de Constitución y establece una modificación al Código Procesal Penal, en sus artículos 276, 277 y 334 con el objeto de limitar la facultad de exclusión de prueba del Juez de Garantía, fortalecer la justicia penal y ajustarlas a los principios de debido proceso.



Comentarios

Entradas populares de este blog

Las 3 banderas de Chile

FALLECE ROY GARBER, UNO DE LOS PROTAGONISTAS DE LA SERIE “GUERRA DE ENVÍOS” EN A&E

Falleció hija de dos años de la periodista Mónica Rincón.Clara Galdames dejó de existir en horas de esta mañana, tras llevar días internada en la UTI por problemas al corazón. La niña había presentado complicaciones físicas desde su nacimiento.