Diputados: Proponen limitar facultad presidencial en periodo de elecciones






Publicado el 03 de octubre del 2012



La moción permite restringir la calificación con urgencia a determinadas iniciativas legales en tramitación durante épocas electorales. Los legisladores “pretenden evitar que dicha potestad se transforme en una herramienta que tuerza el espíritu original de la misma”.



El proyecto (boletín 8547) fue presentado por los diputados UDI Ramón Barros, Romilio Gutiérrez, Gustavo Hasbún, Javier Macaya, Claudia Nogueira, Felipe Salaberry, Carlos Vilches y Felipe Ward.



El Presidente de la República cuenta con facultades exclusivas que le permiten acelerar ciertos proyectos de ley, como es el caso de temas acordados anualmente. Por consiguiente, limitar el uso de las urgencias legislativas en periodos electorales a materias que deben ser tratadas de manera anual, como el reajuste del salario mínimo, “será una garantía de transparencia e igualdad para todos los aspirantes a cargos de elección popular”, aseguraron los parlamentarios.



Por medio de la iniciativa se pretende que durante cada año en que se realice un proceso electoral, el gobierno de turno quedará impedido de calificar con urgencia a un determinado proyecto de ley en el momento en que se inscriben las candidaturas presidenciales. Es decir 90 días antes de la elección, de manera de eliminar de la discusión de proyectos preferencialmente técnicos, el componente político electoral que pudiera distorsionar la real voluntad de los legisladores por elementos externos a los puramente legislativos.



El artículo 74 de la Constitución Política de la República dispone que "el Presidente de la República podrá hacer presente la urgencia en el despacho de un proyecto, en uno o en todos sus trámites, y en tal caso, la Cámara respectiva deberá pronunciarse dentro del plazo máximo de treinta días. La calificación de la urgencia corresponderá hacerla al Presidente de la República de acuerdo a la ley Orgánica Constitucional relativa al Congreso, la que establecerá todo lo relacionado con la tramitación interna de la ley".



En virtud de lo anterior, “el eventual uso indiscriminado de las urgencias puede derivar en una agenda marcada por intereses electorales, más allá de las reales necesidades del país, pues es el Ejecutivo quien, al tener la facultad de apurar el trámite legislativo, puede verse en la tentación de priorizar iniciativas de corte populista, que favorezca o perjudique de manera evidente y artificial a algún candidato”, afirmaron los parlamentarios.



La iniciativa que ya se encuentra en la Comisión de Constitución, agregaría un inciso al artículo 27 de la ley Orgánica Constitucional del Congreso Nacional, estableciendo una prohibición al Ejecutivo de determinar y calificar urgencias a proyectos de ley que digan relación con aumentos salariales, así como también en la entrega, por parte del gobierno central de beneficios económicos, sociales, tributarios o laborales en años de elección presidencial.



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