En Antofagasta el SERNAC presenta demanda colectiva por problemas en concierto de Chayanne y Marc Anthony



El organismo decidió la acción judicial luego de que la productora no entregara una solución satisfactoria a los afectados por los problemas ocurridos en el concierto “Gigante2”.



La demanda también apunta contra la empresa Feria Ticket por haber realizado sobreventa de entradas.

El SERNAC ha recibido cerca de mil reclamos hasta ahora.

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La Dirección Regional del SERNAC interpuso una demanda colectiva contra la productora San Sebastián que organizó el concierto “Gigante2” que trajo a la ciudad a Chayanne y Marc Anthony el pasado lunes, luego de que no entregara una solución adecuada a la serie de incumplimientos que afectaron a los asistentes.

La acción además se interpuso contra la empresa Feria del Ticket S.A. por haber realizado sobreventa de entradas para el mencionado espectáculo.

El SERNAC ha recibido cerca de mil reclamos hasta ahora de consumidores que asistieron al espectáculo que se realizó en las Ruinas de Huanchaca, quienes denunciaron haber tenido que soportar largas filas al ingreso del recinto debido a que sólo se contaba con un acceso; incumplimiento en el horario, pues el show partió cerca de 20 minutos antes de lo anunciado; y problemas de seguridad.

Además, según los reclamos de los afectados que pagaron entradas que bordeaban los $300 mil, al ingresar al recinto se encontraron que sus butacas no eran numeradas y estaban ocupadas por otros asistentes, sin tener a quién recurrir para exigir sus derechos.

Asimismo, hubo muchos asistentes que no pudieron ingresar al recinto debido, aparentemente, a una sobreventa de entradas.

El SERNAC exigió a la productora una propuesta de compensación oportuna y adecuada para los todos los afectados, no obstante, no hubo una respuesta adecuada, por lo que el Servicio decidió interponer la demanda colectiva para que sea la Justicia quien determine las compensaciones para todos los consumidores que se vieron afectados y multas a las empresas infractoras.

El Director Regional, Marcelo Miranda, explicó que es “inaceptable que una empresa no responda adecuada y oportunamente por sus errores. Un consumidor que asiste a un espectáculo tiene derecho a que se cumpla lo ofrecido, a que existan condiciones de seguridad y a que la empresa responda si no es así“.

La autoridad regional agregó que las entradas vendidas deben corresponder a la capacidad real del recinto, "pues la Ley sanciona la sobreventa porque pone en riesgo la seguridad de quienes asisten. Y con la seguridad de los consumidores, no se juega".

Añadió que cualquier espectáculo, debe cumplir también con las condiciones objetivas informadas o publicitadas. Esto es, si por ejemplo, ofreció cierta ubicación en determinadas condiciones, es eso lo que el consumidor debe recibir. “Los consumidores van a un evento a pasar un buen rato, y se produce una gran frustración cuando no se cumple lo prometido como en este caso”, enfatizó Miranda.

El Director Regional del SERNAC explicó que “ante la suspensión del espectáculo, el cambio de las condiciones contratadas o cualquier incumplimiento, los consumidores tienen derecho a que se devuelva todo lo pagado, incluyendo el cargo por servicio como lo han ratificado los mismos tribunales en varios casos”.

Asimismo, tienen derecho a ser indemnizados o reparados por todos los daños que el cambio del evento o cualquier incumplimiento les haya causado.

Finalmente, la autoridad regional recordó que “el SERNAC hace tiempo declaró la guerra a las malas prácticas en materia de espectáculos masivos, denunciando a varias productoras a los tribunales, y este caso no es la excepción. Realizaremos todos nuestros esfuerzos para que la Justicia sancione a las empresas y se compense adecuadamente a los afectados por todos los incumplimientos ocurridos. Es necesario dar una señal y elevar el estándar de este mercado considerando que cada vez más consumidores acuden a este tipo de eventos”, dijo Miranda.

La acción judicial persigue las máximas multas que establece la ley del Consumidor por cada infracción así como las indemnizaciones correspondientes para los consumidores.

La sentencia que derive de la demanda colectiva tiene alcance para todos los afectados, hayan o no reclamado al SERNAC


fuente: SERNAC

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