ENTRA EN VIGENCIA NUEVA LEY DE DESCARTE que es la " acción de devolver al mar especies hidrobiológicas capturadas, y la pesca incidental como aquella conformada por especies que no son parte de la fauna acompañante y que está constituida por reptiles, aves y mamíferos marinos"

Valparaíso, 2 de octubre de 2012: Este sábado 29 de septiembre se publicó en el Diario Oficial la Ley N°20.625, más conocida como ley de Descarte, que define el descarte de especies hidrobiológicas y establece medidas de control y sanciones para quienes incurran en esta práctica en las faenas de pesca.








La Ley define el concepto de descarte de especies hidrobiológicas y establece medidas de control y sanciones para quienes incurran en estas prácticas en las faenas pesqueras. Para ello, la Subsecretaría de Pesca debe aprobar programas de investigación destinados a recopilar antecedentes técnicos sobre el descarte de una o más especies hidrobiológicas y presentar medidas para disminuirlo.







“Estos programas de investigación nos permitirán cuantificar el descarte, la fauna acompañante y la pesca incidental de determinados recursos, determinar sus causas y lo que es más importante, presentar un Plan de Reducción de manera de generar un mejor aprovechamiento de los recursos y con ello propender a su sustentabilidad”, explicó el subsecretario de Pesca, Pablo Galilea.







Además, la nueva norma permite el descarte regulado, se reglamenta la presencia de los observadores científicos obligatorios en las operaciones de pesca industrial y artesanal y se establece el uso obligatorio -en el caso de las naves industriales y de embarcaciones artesanales de eslora igual o superior a 15 metros- de dispositivos de registro de imágenes que permita detectar y registrar toda acción de descarte que ocurra a bordo (cámaras).







Respecto a su puesta en marcha, a partir de la publicación la Subsecretaría cuenta con un plazo máximo de 18 meses para dictar un programa de investigación del descarte. Asimismo, se considera un periodo de dos años para dictar un reglamento de requisitos del dispositivo de registro de imágenes, que considerará los resultados del programa de investigación. Mientras no se dicte dicho reglamento, quedan suspendidas las obligaciones y la aplicación de las sanciones relativas al dispositivo de registro de imágenes.







¿Qué es la pesca de descarte?







La propuesta define el descarte como la acción de devolver al mar especies hidrobiológicas capturadas, y la pesca incidental como aquella conformada por especies que no son parte de la fauna acompañante y que está constituida por reptiles, aves y mamíferos marinos.







La pesca de descarte puede ser:



-Porque son especies de bajo valor comercial o están dañadas por el aparejo de pesca.



-Porque se ha capturado por debajo de la talla legal o por encima de la cuota pesquera establecida y no se puede desembarcar en puerto.



-Porque el arte de pesca utilizado es poco selectivo.



-Porque los barcos tienen una capacidad de almacenamiento limitada.

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