Justicia Condena a Tottus por accidente de consumidora en local.
Justicia Condena a Tottus por accidente de consumidora en local
Una profesora de San Bernardo, fue al Supermercado Tottus a comprar algunos productos que necesitaba.
Estando en el sector de las carnes envasadas, y al darse vuelta, sorpresivamente se encuentra con que un carro reponedor con bandejas de carne estaba obstaculizando su paso y al encontrarse sin espacio para estabilizarse perdió el equilibrio, cayendo violentamente.
Tras el golpe y al no poder ponerse de pie por sus propios medios, fue asistida por dos personas que circulaban por el sector. Al ver al reponedor que no había hecho ningún gesto de ayuda, la afectada lo encaró, a lo cual él respondió “usted no se fijó”, sin siquiera inmutarse.
Tras este episodio, la afectada fue a interponer el reclamo a Atención al Cliente, encontrándose en ese momento con el administrador del local. Tras informarle de lo sucedido, el funcionario sólo se remitió a señalarle que “luego voy a ver lo que pasó”, no interesándose en preguntar cómo se sentía, qué consecuencias le había provocado el golpe y tampoco le ofreció disculpas por el hecho.
Tras lo ocurrido, la consumidora tuvo que recurrir a un centro médico por el dolor que estaba padeciendo producto del golpe. Hay que considerar además que la afectada era una mujer de edad, por lo que este accidente podría provocarle a futuro sino recibía atención, costos económicos que tuvo que asumir con recursos propios.
Al sentir que la empresa no había actuado con profesionalidad, la consumidora decidió llevar el caso a la justicia, interponiendo la denuncia ante el Segundo Juzgado de Policía Local de San Bernardo.
En el Juicio
En el juicio, y si bien la empresa fue notificada, no contestó .
Tras analizar los antecedentes, la justicia determinó que efectivamente el hecho sucedió de acuerdo a lo señalado por la afectada.
El tribunal además agregó que la Ley del Consumidor establece que los consumidores tienen derecho a la seguridad en el consumo y las empresas deben evitar los riesgos que les puedan afectar a los consumidores.
En este caso, la Justicia determinó que el Supermercado Tottus no acreditó haber dado cumplimiento a su obligación de resguardar la seguridad de su clienta, por lo que lo condenó a pagar $1 millón a la consumidora por el daño moral ocasionado. Además le aplicó una multa de 2 U.T.M. (cerca de $80 mil) por infringir la Ley. Este fallo fue ratificado por la Corte de Apelaciones de San Miguel.
Para el SERNAC, este nuevo fallo confirma que los consumidores tienen derecho a que sus compras sean seguras.
Asimismo, ratifica que las empresas tienen la obligación de tomar todas las medidas para que los consumidores no sufran daños en sus dependencias. Esto es, por ejemplo, contar con pisos antideslizantes, preocuparse de que las instalaciones no representen riesgos para quienes circulan, que el piso esté seco, que existan salidas de emergencia, y que existan instrucciones claras de seguridad.
De ocurrir un accidente, las empresas tienen la obligación de tomar todas las medidas para que el consumidor reciba atención adecuada y oportuna.
Cuando los consumidores sufren algún daño tienen derecho a ser indemnizados por el incumplimiento de la empresa, tal como ocurrió en este caso.
fuente: SERNAC
Una profesora de San Bernardo, fue al Supermercado Tottus a comprar algunos productos que necesitaba.
Estando en el sector de las carnes envasadas, y al darse vuelta, sorpresivamente se encuentra con que un carro reponedor con bandejas de carne estaba obstaculizando su paso y al encontrarse sin espacio para estabilizarse perdió el equilibrio, cayendo violentamente.
Tras el golpe y al no poder ponerse de pie por sus propios medios, fue asistida por dos personas que circulaban por el sector. Al ver al reponedor que no había hecho ningún gesto de ayuda, la afectada lo encaró, a lo cual él respondió “usted no se fijó”, sin siquiera inmutarse.
Tras este episodio, la afectada fue a interponer el reclamo a Atención al Cliente, encontrándose en ese momento con el administrador del local. Tras informarle de lo sucedido, el funcionario sólo se remitió a señalarle que “luego voy a ver lo que pasó”, no interesándose en preguntar cómo se sentía, qué consecuencias le había provocado el golpe y tampoco le ofreció disculpas por el hecho.
Tras lo ocurrido, la consumidora tuvo que recurrir a un centro médico por el dolor que estaba padeciendo producto del golpe. Hay que considerar además que la afectada era una mujer de edad, por lo que este accidente podría provocarle a futuro sino recibía atención, costos económicos que tuvo que asumir con recursos propios.
Al sentir que la empresa no había actuado con profesionalidad, la consumidora decidió llevar el caso a la justicia, interponiendo la denuncia ante el Segundo Juzgado de Policía Local de San Bernardo.
En el Juicio
En el juicio, y si bien la empresa fue notificada, no contestó .
Tras analizar los antecedentes, la justicia determinó que efectivamente el hecho sucedió de acuerdo a lo señalado por la afectada.
El tribunal además agregó que la Ley del Consumidor establece que los consumidores tienen derecho a la seguridad en el consumo y las empresas deben evitar los riesgos que les puedan afectar a los consumidores.
En este caso, la Justicia determinó que el Supermercado Tottus no acreditó haber dado cumplimiento a su obligación de resguardar la seguridad de su clienta, por lo que lo condenó a pagar $1 millón a la consumidora por el daño moral ocasionado. Además le aplicó una multa de 2 U.T.M. (cerca de $80 mil) por infringir la Ley. Este fallo fue ratificado por la Corte de Apelaciones de San Miguel.
Para el SERNAC, este nuevo fallo confirma que los consumidores tienen derecho a que sus compras sean seguras.
Asimismo, ratifica que las empresas tienen la obligación de tomar todas las medidas para que los consumidores no sufran daños en sus dependencias. Esto es, por ejemplo, contar con pisos antideslizantes, preocuparse de que las instalaciones no representen riesgos para quienes circulan, que el piso esté seco, que existan salidas de emergencia, y que existan instrucciones claras de seguridad.
De ocurrir un accidente, las empresas tienen la obligación de tomar todas las medidas para que el consumidor reciba atención adecuada y oportuna.
Cuando los consumidores sufren algún daño tienen derecho a ser indemnizados por el incumplimiento de la empresa, tal como ocurrió en este caso.
fuente: SERNAC
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