Anuncian nuevo proyecto de ley sobre Acreditación

Hoy el Presidente Sebastián Piñera junto al ministro de Educación Harald Beyer dieron a conocer el nuevo proyecto de ley sobre Acreditación que será enviado al Congreso la próxima semana.




Este proyecto de ley es el resultado de un arduo trabajo que ha estado haciendo el Gobierno durante el último año. Dentro de sus objetivos se encuentra asegurar la calidad de las instituciones de educación superior, restablecer la legitimidad y confianza en un sistema que estuvo mal diseñado, asegurando probidad, transparencia y la ausencia de conflictos de interés y proveer un marco que recoja y adapte al país las mejoras prácticas internacionales.



El sistema de educación superior se ha transformado en las últimas décadas en uno masivo y heterogéneo. Es en este contexto que el año 2006, durante el Gobierno de la ex presidenta Bachelet se promulgó la ley 20.129, que establece un Sistema Nacional de Aseguramiento de la Calidad de la Educación Superior.



Sin embargo, y tal como han dejado en evidencia algunos acontecimientos del último año, el Sistema de Aseguramiento de la Calidad de la Educación Superior y, en particular, el Sistema de Acreditación de Instituciones de Educación Superior, cuenta con falencias importantes que hacen urgente fortalecer su institucionalidad y establecer mayores exigencias.



Uno de los problemas del actual sistema es que exista la posibilidad de acreditar por pocos años, entregando información equívoca a los alumnos y sus familias.



“¿Qué garantía, qué certeza, qué seguridad le puede dar a un estudiante que ingresa a una institución que sólo tiene una acreditación por un año? Eso se termina con este nuevo proyecto de ley y por lo tanto estamos dando un paso importante para que la educación superior en nuestro país sea una educación de calidad”, dijo el Presidente de la República, Sebastián Piñera.



Otro de los cambios que establecerá este proyecto es que existirán estándares de calidad. “Una institución no se acredita si incumple gravemente uno de los estándares. Si tiene debilidades en algunos de los estándares, podría haber una acreditación provisional, pero en ningún caso si los incumple gravemente”, sostuvo el Ministro de Educación Harald Beyer.



Además agregó que “una institución que no está acreditada no recibe financiamiento y no puede entregar títulos”.



Además, las autoridades destacaron que el proyecto de ley crea la nueva Agencia Nacional de Acreditación y termina con la Comisión Nacional de Acreditación (CNA). Esta nueva Agencia será conformada por 5 miembros, un presidente nombrado por el Presidente de la República y cuatro consejeros que serán elegidos a través de ternas de Alta Dirección Pública, estableciendo mayores incompatibilidades e inhabilidades para los miembros, evitando así posibles conflictos de interés.



El Ministro Beyer realizó un llamado a los parlamentarios a avanzar con éste y otros proyectos que están transformando el panorama de la educación superior del país: “Creemos que este proyecto sobre acreditación y el que crea la Superintendencia de Educación Superior, junto con el proyecto de financiamiento estudiantil que está en el Congreso y que evita la discriminación y el sobreendeudamiento, producirán una transformación profunda de nuestro sistema de educación superior. Eso fue lo que nos propusimos y eso estamos logrando con estos proyectos. Creemos que el sistema de educación superior, de aprobarse estos proyectos, va a ser muy superior al que nosotros heredamos. Estamos corrigiendo las discriminaciones, estamos poniendo un marco regulatorio más exigente, estamos por lo tanto transformando de forma significativa la educación superior. Por eso aquí hay que llamar al Parlamento a legislar, a ponerse de acuerdo y a avanzar en estas iniciativas”.





Los principales aspectos de este proyecto son:

Una institucionalidad más fuerte, con mayor regulación de los conflictos de interés.



•La Comisión Nacional de Acreditación (CNA), organismo a cargo del sistema de acreditación, es conformada por 15 miembros, en su mayoría representantes de los distintos grupos de interés del sistema de educación superior. Esta estructura corporativista de la CNA plantea fuertes dudas sobre la independencia del sistema. A la vez, los miembros son a tiempo parcial, por lo que para éstos tienen otras labores paralelas, lo que abre espacio a conflictos de interés.

•El proyecto de ley establece que la Comisión Nacional de Acreditación se remplazará por una Agencia Nacional, con un Consejo conformado por cuatro miembros elegidos por el Ministro de Educación en base a ternas propuestas por el sistema de Alta Dirección Pública, más un miembro que será el presidente del Consejo, designado por el Presidente de la República y tendrá dedicación exclusiva. Esta conformación permite asegurar una mayor independencia de los consejeros. Además estos contarán con mayores inhabilidades, lo que apunta a resolver los conflictos de interés que estos miembros pudieren tener.

Licenciamiento y acreditación



•En el sistema actual, las instituciones luego de obtener su autonomía, no tienen obligación de acreditarse, lo que en algunos casos ha llevado a un crecimiento descontrolado de los planteles, sin mayor regulación.

•La propuesta del proyecto de ley es que tanto el licenciamiento como la acreditación de una institución se concentren en la nueva Agencia.

•La acreditación pasa a ser un requisito para mantener el reconocimiento oficial del Estado, es decir, para entregar títulos y recibir cualquier tipo de financiamiento fiscal.

•La acreditación comprenderá una evaluación integral de las instituciones y considerará:

1.Evaluación de la institución.

2.Evaluación de las carreras de medicina y pedagogía.

3.Evaluación de dos carreras de distintas áreas de estudio en cada nivel que la institución imparta títulos (pre y post grado) elegidas aleatoriamente.

•Con esto se pretende asegurar el cumplimiento de los estándares de calidad de todas las carreras que imparte.

Proceso de acreditación



•· Actualmente existen ciertas pautas pero no estándares de calidad. Además hay un excesivo veto a pares evaluadores y no se precisa la incorporación de pares extranjeros.

•Con este proyecto de ley se establecen estándares de acreditación que deberán ser cumplidos por las instituciones.

•Posibilidad de acreditarse frente a organismos internacionales.

•Los procesos deberán contar con la participación de pares evaluadores nacionales y extranjeros. En la evaluación integral no hay agencias privadas.

•Se establece un “manual de acreditación” público y sometido a consulta pública.

Resultados y consecuencia de la acreditación



•La ley actual ha permitido que instituciones de dudosa calidad se acrediten por unos pocos años, entregando información equívoca a los estudiantes y sus familias.

•El proyecto de ley establece que la acreditación es binaria: sí o no. Tendrá una duración de 6 años.

•Se podrá acreditar provisionalmente por un periodo de 3 años, estableciendo exigencias que de no cumplirse, harán perder la acreditación. No podrán otorgarse dos acreditaciones provisionales consecutivas o tres en un periodo de 18 años.

•Aquellas instituciones que no sean acreditadas, perderán el reconocimiento oficial del Estado: no podrán otorgar títulos ni recibir financiamiento público.

Regulación “post” acreditación



•La ley no tiene un adecuado mecanismo de regulación luego de obtenida la acreditación.

•No existe un mecanismo para asegurar el cumplimiento de los requisitos que permitieron obtener la acreditación.

•Nuestra propuesta establece que las instituciones deberán informar la apertura de carreras, establecimiento de nuevas sedes, crecimiento de la matrícula, entre otros, que se produzcan y que no hayan sido evaluados en el proceso de acreditación.

•La Agencia podrá revisar la decisión de acreditación si considera que los cambios ponen en riesgo las condiciones que dieron lugar a su acreditación.

•Si se comprueba que la acreditación se obtuvo de manera fraudulenta, se deberá iniciar un nuevo proceso de acreditación de manera inmediata. Además, se establecen multas a los miembros de la junta directiva y rectores (sin perjuicio de las demás implicancias legales).

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