Diputados: Proponen establecer un procedimiento general para proteger y garantizar el valor paisajístico de los recursos naturales






Publicado el 06 de diciembre del 2012



El procedimiento permitiría corregir deficiencias ambientales, mediante la elaboración y presentación de Planes de Manejo y Prevención, una vez que ya se hayan dictado resoluciones de aprobación de estudios o declaraciones de impacto ambiental.



La moción (boletín 8689) fue presentada por los diputados UDI Nino Baltolu, Enrique Estay, Javier Hernández, Andrea Molina, Celso Morales, Manuel Rojas, Joel Rosales, David Sandoval y Gastón Von Mühlenbrock.



La iniciativa tiene por objeto desarrollar y potenciar el valor turístico de los parajes nacionales, entendiendo que se trata de un rubro que ha hecho surgir últimamente a empresas familiares y pequeños empresarios, como también a muchos otros emprendimientos asociados al sector de que se trate.



Lo anterior, puesto que en Chile no existen mecanismos administrativos ni legales eficaces en la protección y garantía del valor paisajístico y turístico, ante acciones de la autoridad o de terceros que lo limiten o entorpezcan; por lo que resultaría necesario establecerlos.



De hecho, la Ley 19.300 sobre Bases Generales del medioambiente del año 1994, reconoce conceptos como el valor paisajístico y turístico como elementos del medio ambiente, por lo que es evidente el reconocimiento que hace la Ley a la asociatividad con el medio ambiente de los elementos denominados "paisaje" y "turismo".



Incluso la misma legislación, establece un procedimiento que pudiera ser una eficaz herramienta para proteger los recursos naturales, por cuanto indica que el Ministerio del Medioambiente conjuntamente con el organismo público encargado por la ley de regular el uso o aprovechamiento de los recursos naturales en un área determinada, exigirá, cuando corresponda, la presentación y cumplimiento de planes de manejo de los mismos, a fin de asegurar su conservación.



De esta forma, se hace hincapié en cuales serán aquellas "consideraciones ambientales", señalando expresamente: la mantención de caudales de aguas y la mantención del valor paisajístico.



Sin embargo, la misma norma agrega que dicho procedimiento no es aplicable a aquellos proyectos o actividades respecto de los cuales se hubiere aprobado un Estudio o una Declaración de Impacto Ambiental; independiente de si ha constatado un daño ambiental, lo que a juicio de los parlamentarios es grave y por lo mismo corregible.



Los impulsores del proyecto destacan el valor que representa el cuidado y conservación de la Naturaleza y de la Humanidad, señalando que “no puede estar subordinado por el propio hombre a otros intereses. Si así lo ha hecho, el mismo hombre puede deshacer lo hecho, procurando el desarrollo sustentable y la coexistencia de los derechos adquiridos con la preservación de la naturaleza. Esto es lo que busca la norma del artículo 42 de la Ley del Medio Ambiente, pero si no es corregida, puede ser letra muerta”.



En consecuencia, el proyecto que ya se encuentra en la Comisión de Recursos Naturales propone modificar el procedimiento señalado en el artículo 42 de la Ley, estableciendo dicho procedimiento como una herramienta administrativa eficaz para prevenir y subsanar los efectos materiales de un daño ambiental, actual o eventual, especialmente cuando se vean afectados los caudales de aguas, la conservación de suelos, la mantención del valor paisajístico o turístico.



Además se propone eliminar el inciso final de dicho artículo, que excluye de este procedimiento a aquellos proyectos o actividades respecto de los cuales ya se hubiere aprobado un estudio o una declaración de impacto ambiental, quedando la decisión final en manos del Tribunal Ambiental, por vía de apelación de la decisión administrativa.

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