Presupuesto 2013: Diputados rechazaron 4 de las 5 observaciones presidenciales






Publicado el 12 de diciembre del 2012



Sin embargo, tampoco se alcanzó el quórum para la insistencia en el texto aprobado previamente por el Congreso, de manera que, hasta el momento, el Presupuesto para el próximo año será promulgado sin estas normas.



El Presidente de la República ingresó a tramitación ayer un conjunto de observaciones o vetos al proyecto de ley de Presupuestos para el sector público para el año 2012 (boletín 8575). La propuesta suprime cinco puntos, relacionados con la redacción de programas de empleo, el pago de beneficios para trabajadores de la ex mina de carbón Schwager, y condicionantes establecidas en el proyecto aprobado por los parlamentarios al plan de desarrollo de la Provincia de Arauco.



En el mensaje que acompaña al proyecto, se expresa que estos párrafos “no fueron originados por el Presidente de la República, quien es el órgano constitucionalmente habilitado para ello, sino que fueron introducidos a través de indicaciones de diputados. Además de contravenir la Constitución Política, dichas normas resultan contrarias al sano y racional manejo del Presupuesto Nacional”.



Durante la votación se rechazaron todas las observaciones que proponían suprimir estas indicaciones que se habían incorporado al proyecto durante su tramitación en la Cámara. Tras ello, correspondía que la Sala votara la insistencia en el texto aprobado por el Congreso. Sin embargo, para que se aprobara de esta forma, se necesitaba un quórum de dos tercios de los diputados presentes, lo que no se obtuvo.



Dentro de las observaciones del Presidente, se incorpora además una norma para mejorar la redacción en una glosa del Ministerio de Educación, la que estableciendo que ”los bienes inmuebles que se adquieran con estos recursos serán destinados exclusivamente para fines educacionales, a lo menos por 30 años. Estos bienes deberán quedar hipotecados a favor del Fisco y sujetos a la prohibición de enajenar, gravar y ejecutar actos y celebrar contratos durante 30 años. En lo que sea pertinente, se aplicará la regulación establecida en el artículo 8° de ley N° 19.532”. Esto se aprobó por 108 votos.

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