CORTE SUPREMA CONDENA CENTRO COMERCIAL A PAGAR INDEMNIZACIÓN POR ACCIDENTE OCURRIDO EN LOCAL

CORTE SUPREMA CONDENA CENTRO COMERCIAL A PAGAR INDEMNIZACIÓN POR ACCIDENTE OCURRIDO EN LOCAL


Fallos Corte Suprema y Corte de Santiago
Fallo 18 Juzgado Civil de Santiago


La Corte Suprema confirmó que una empresa propietaria de un centro comercial debe pagar una indemnización de $ 41.4491.085 (cuarenta y un millones cuatrocientos noventa y un mil ochenta y cinco pesos) a la cónyuge de un trabajador que murió en noviembre de 2002 por una descarga eléctrica de una máquina de juegos de destreza.


En fallo unánime (rol 99-2011) los ministros Patricio Valdés, Gabriel Pérez, Rosa Egnem, Lamberto Cisternas y el abogado integrante Jorge Baraona determinaron que el Mall del Centro es responsable por la muerte de Eugenio González Cruz quien murió el 4 de noviembre de 2002 por la descarga eléctrica de una máquina expendedora de peluches.


La sentencia del máximo tribunal del país acoge un recurso de casación planteado para rebajar el monto de la indemnización que debe  pagarse a Elizabeth Muedas Sarmiento, viuda del fallecido, ya que la demandante había transado un pago de $ 10.000.000 (diez millones de pesos) cono la empresa Comterra S.A.,  codemandadada en la causa.


“Que si bien es cierto se acreditó que la actora recibió de Comterra S.A. la suma de diez millones de pesos, con la finalidad de reparar el daño irrogado por el ilícito fundamento de la demanda, no existen antecedentes que permitan afirmar que con la mencionada suma de dinero se hubiese cubierto de manera completa y eficaz el daño sufrido por doña Elizabeth Miriam Muedas Sarmiento a consecuencia de la muerte de su marido. Lo anterior se desprende del hecho que la demandante, a pesar de percibir la suma antes referida, continuó la acción en contra de Jorge Fleischmann Cerda y de Mall Puente S.A., dando cuenta que dicho pago le resultaba insuficiente; y de la circunstancia que judicialmente se fijó el monto de los daños sufridos por la actora en una suma muy superior”, dice el fallo del máximo tribunal.


Agrega que: “Por lo antes razonado, esto es, que la suma pagada por Comterra S.A. a la actora no cubrió totalmente el daño sufrido por esta última, se rechazará la excepción de cúmulo de indemnizaciones deducida por la demandada Mall Puente S.A..”.

Tanto la Corte de Apelaciones de Santiago, como el  18 Juzgado de Civil de Santiago habían establecido la responsabilidad de la empresa propietaria del centro comercial.


“Que se tiene el deber de fiscalizar, controlar y supervigilar los espacios comunes de libre acceso al público, es un deber constante de su dueño, esto es, de la sociedad Mall Puente, siendo por tanto directamente del hecho que causó la muerte del señor González” , dice el fallo de primera instancia de la jueza Amelia Vásquez.


Esa resolución agrega que: “Al no contar este sentenciador con un informe pericial capaz de servir de prueba en estos autos, no se puede establecer la causa que originó la descarga eléctrica que le quitó la vida a don Eugenio Rodrigo González Cruz, pero sin embargo, las partes han reconocido ciertos hechos de gravedad y precisión suficientes para establecer que dicha descarga se produjo por negligencia en el actuar de la demandada Mall Puente Limitada, ya que, sea cual sea la causa precisa del hecho este se pudo haber evitado con una correcta y eficiente fiscalización en el funcionamiento de las máquinas y de sus conexiones e instalaciones eléctricas”.

Comentarios

Entradas populares de este blog

Las 3 banderas de Chile

FALLECE ROY GARBER, UNO DE LOS PROTAGONISTAS DE LA SERIE “GUERRA DE ENVÍOS” EN A&E

Falleció hija de dos años de la periodista Mónica Rincón.Clara Galdames dejó de existir en horas de esta mañana, tras llevar días internada en la UTI por problemas al corazón. La niña había presentado complicaciones físicas desde su nacimiento.