Sernac exige a Aguas Andinas y ESVAL que informen las razones del corte de agua del fin de semana
Sernac exige a Aguas Andinas y ESVAL que informen las razones del corte de agua del fin de semana
Tras
el corte que afectó a gran parte de Santiago y a varias localidades del
litoral sur de la Región de Valparaíso, el organismo solicitó a las
empresas información sobre las causas y las medidas adoptadas para
resarcir el daño, además de los mecanismos de información utilizados
para informar a los consumidores afectados.
El SERNAC está a la espera de los resultados de las investigaciones que
lleva la Superintendencia de Servicios Sanitarios, para determinar si
aplica solicitar las indemnizaciones para cada uno de los usuarios
afectados.
El SERNAC solicitó a las empresas sanitarias Aguas Andinas y a ESVAL, información
sobre los cortes de agua potable ocurridos el pasado fin de semana en
gran parte de la Región Metropolitana y varios sectores del litoral sur
de la Región de Valparaíso.
El organismo, exigió a través de oficios a ambas compañías, que le informen en un plazo de 10 días corridos, cuáles fueron las causas
de los cortes, la cantidad de usuarios que se vieron afectados, los
mecanismos utilizados para informar a los usuarios y las medidas
adoptadas para enfrentar la situación puntual y para evitar que este tipo de situaciones vuelvan a ocurrir en el futuro.
El Subdirector Nacional del SERNAC, Lucas Del Villar, indicó que hasta la fecha el SERNAC ha recibido sólo por el corte del fin de semana en Santiago alrededor de 120 reclamos, y cerca de 15 en Valparaíso, los cuales podrían incrementarse.
Ley del Consumidor
Del Villar explicó que los consumidores
tienen derecho a un servicio de calidad y a que no se interrumpa el
suministro injustificadamente. En el caso del agua potable, sólo
podría suspenderse por razones de fuerza mayor calificadas por la
Superintendencia de Servicios Sanitarios (SISS), o debido a
interrupciones, restricciones y racionamientos programados e
imprescindibles para la prestación del servicio, los que deberán ser
comunicados al usuario, con a lo menos 24 horas de anticipación.
En este sentido, la autoridad agregó que
las empresas deben siempre comunicar a los consumidores en forma
oportuna las medidas especiales a adoptar, si se viera afectada la
calidad y/o continuidad de uno o cualquiera de los servicios públicos
sanitarios, en forma directa o a través de medios de comunicación masiva.
“Las empresas distribuidoras de agua potable deberán reaccionar con
prontitud y adecuadamente a favor de sus clientes cuando enfrentan un
problema”, enfatizó Del Villar.
El Subdirector Nacional explicó que la Ley del Consumidor faculta al SERNAC a solicitar a las empresas sanitarias compensaciones adecuadas para los consumidores afectados si la Superintendencia de Servicios Sanitarios (SISS) determina en su investigación que hubo una falla en el deber de profesionalidad al momento de prestar el Servicio.
En caso que la autoridad competente determine que efectivamente hubo falta de profesionalismo o negligencia por parte de las empresas, el SERNAC iniciaría mediaciones colectivas en cada caso o interpondría las acciones judiciales colectivas correspondientes con el propósito de obtener compensaciones justas y adecuadas para los consumidores por todos los daños ocasionados. Además las empresas se expondrían a multas por la Ley del Consumidor que van entre 1 y 300 U.T.M. (entre los $40 mil y los 12 millones), incluso una por cada cliente afectado si el tribunal así lo determina, ello conforme lo indica la propia normativa, enfatizó Del Villar.
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