Diputados: Comisión de Economía despachó perfeccionamiento a Tasa Máxima Convencional
Diputados: Comisión de Economía despachó perfeccionamiento a Tasa Máxima Convencional
Publicado el 15 de marzo del 2013
La iniciativa, en segundo trámite, permitiría bajar el
costo de los créditos en cerca de 20%, según cálculo de los diputados.
La propuesta, junto con la reducción de la tasa en tres tramos
diferenciados, amplia al retail las entidades cuyas operaciones son base
para el cálculo de la Tasa.
Una baja de aproximadamente un 20% del costo de los créditos inferiores a 200 UF (4 millones 571 mil 200 app.) es el cálculo que los diputados de la Comisión de Economía plantean con la reducción de la Tasa Máxima Convencional (TMC), iniciativa legal (boletines refundidos 7.786, 7.890 y 7.932) que fue despachada de la instancia en esta semana y que se encuentra en tabla de la Sala para el próximo martes 19 de marzo.
La idea matriz de este proyecto, iniciado en dos mociones y un mensaje del Ejecutivo, es reducir la magnitud máxima permitida para los intereses en los créditos, con el fin de evitar que se cobren tasas muy superiores a lo necesario y se abuse, a veces, de la falta de preparación y escasez de conocimientos financieros de muchos deudores, pero cuidando de no perjudicarlos dejándolos fuera del acceso a los mercados formales de crédito o induciéndolos a aceptar créditos no regulados.
El presidente de la Comisión de Economía, diputado José Manuel Edwards (RN) resaltó que, con esta propuesta legal, se va a tener una tasa máxima inteligente, “que está hecha de tal manera que en el futuro no se podrá subir por secretaría”. Explicó que el nuevo sistema de cálculo permitirá incorporar todos los tipos de créditos en tasa de interés corriente, con lo cual se restará presión al sistema y, por tanto, para subir la TMC.
Informó que, si se aplicara hoy la norma, se tendría aproximadamente una tasa de 32 puntos, para los créditos de 50 (un millón 143 mil pesos app.) 200 UF, y de 39 puntos, en caso de los créditos de 0 a 50 UF. “Es un beneficio muy grande para el deudor chileno, especialmente para aquel buen pagador”, enfatizó.
Resaltó que el proyecto contempla dentro de sus artículos transitorios un período de ajuste para las instituciones, de modo que, una vez que comience a regir la Ley, la rebaja será de 8 puntos porcentuales, para el segmento de 50 a 200 UF, y de 6 puntos porcentuales, para los créditos de 0 a 50 UF. Luego, acotó, se expresarían reducciones de 2 puntos cada doce semanas. El tiempo para llegar al valor final será entre 16 a 20 meses, según el segmento.
El legislador destacó que, si ocurre una desbancarización real de la población por efecto de la reducción de tasas, el Ejecutivo podrá recurrir a un mecanismo de ajuste, conforme a datos objetivos presentados por el INE (proporción alta de deudores cuyo acceso fue restringido en la cantidad de crédito solicitado y una caída en el monto total del crédito entre 0 a 200UF).
El diputado Patricio Vallespín (DC) sostuvo que hoy la TMC permite cobros abusivos y recordó que, por este motivo, la bancada DC presentó en su minuto una moción que avanzaba en términos incluso más fuertes que la presente iniciativa. Sin embargo, se manifestó conforme con el texto legal despachado por la Comisión de Economía en el entendido que significará que el costo del crédito será más bajo. “La cuota mensual que paga la gente va a bajar y eso es una buena noticia”, sentenció.
Informó que también se aprobó un perfeccionamiento a la llamada “cláusula de aceleración”, abordando con ello un vacío legal. Indicó que se en aquellas operaciones de crédito de dinero cuyo capital sea igual o inferior a 2000 UF (45 millones 712 mil pesos app.) no podrá en caso alguno hacerse exigible la obligación en forma anticipada, sino una vez cumplidos 90 días corridos desde que el deudor incurra en mora o simple retardo en el pago. Todo pacto en contravención a esta disposición se tendrá como no escrito.
Finalmente, reconoció que la rebaja de tasas implicará una mayor revisión del riesgo, pero estimó que el porcentaje de personas que quedará fuera del sistema será muy menor.
Normas Propuestas
El proyecto apunta a una rebaja de la TMC sólo para las operaciones de crédito de dinero, por montos iguales o inferiores a 200 UF, por plazos mayores o iguales a 90 días. El interés final no podrá exceder a la tasa que rija al momento de la convención para las operaciones de crédito de dinero correspondientes a montos mayores a 200 e inferiores a 5000 UF y por plazos mayores o iguales a 90 días.
La norma indica que a esta tasa de referencia, las instituciones financieras podrán aplicar un término aditivo (con el objeto de reflejar el mayor costo de prestar dinero en este tramo) cuyo valor será de:
i) 14 puntos porcentuales sobre base anual, en las operaciones superiores a 50 UF.
ii) 21 porcentuales sobre base anual, en aquellas operaciones por montos iguales o inferiores a 50 UF.
Para las operaciones de crédito amparadas en un convenio entre el acreedor y la entidad empleadora o pagadora de pensión del deudor (por ejemplo las Cajas de Compensación) o que correspondan a un descuento legal, no podrá estipularse un interés cuya tasa exceda a la tasa de interés corriente que rija al momento de la convención para las operaciones de crédito de dinero por montos mayores a 200 e inferiores a 5000 UF y por plazos mayores o iguales a 90 días, incrementada en un término aditivo cuyo valor será de: 10 puntos en las operaciones otorgadas a trabajadores y de 5 puntos en las operaciones otorgadas a pensionados, montepiados o personas del sector pasivo en general. Estos límites se mantendrán sólo en la medida que dicho mecanismo de pago se encuentre en aplicación.
Una de las innovaciones de esta propuesta legal es la incorporación en el cálculo de la tasa de interés corriente a los créditos del retail y otros oferentes de fondos por medio de operaciones de crédito de dinero de manera masiva. Cabe recordar que hoy sólo son consideradas las operaciones realizadas por los bancos.
Además, en este cómputo también se incluirán los movimientos de las tarjetas de crédito, para operaciones del tramo entre 200 a 5000 UF. Estimaciones del Ministerio de Hacienda dan cuenta de un pequeño impacto sobre el nivel de la tasa de interés promedio, cercano a un punto porcentual. Para subsanar el tema, se rebajó en la misma medida la tasa de interés corriente de las operaciones de este tramo, para fijar la TMC de las operaciones de entre 0 a 200 UF.
Finalmente, entre otras normas, se determina una obligación de información para las entidades financieras que se incorporan al sistema de cálculo del interés corriente hacia la Superintendencia de Bancos e Instituciones Financieras (SBIF), así como las correspondientes medidas de fiscalización que podrá emprender este organismo a dichas instituciones.
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