diputados: En último trámite Cámara aprobó proyecto que mejora el régimen del personal del Servicio Médico Legal


             diputados: En último trámite Cámara aprobó proyecto que mejora el régimen del personal del Servicio Médico Legal

Publicado el 19 de marzo del 2013
La iniciativa incentiva la postulación a cargos del Servicio Médico Legal (SML) adscritos al Sistema de la Alta Dirección Pública, mediante la extensión de los mismos beneficios de que hoy gozan sus similares de los hospitales y servicios de salud.
Por 106 votos, la Cámara aprobó las modificaciones del Senado al proyecto (boletín 8129) que busca mejorar el régimen del personal del Servicio Médico Legal. De esta forma, el texto legal culminó su trámite en el Congreso y fue despachado al Ejecutivo, para su promulgación.

La iniciativa establece que tratándose de los cargos de Director de Hospital o de Servicio de Salud seleccionados por el Sistema de Alta Dirección Pública, el máximo de doce horas de docencia a que se refiere el artículo 8° de la ley N° 19.863 - sobre remuneraciones de autoridades de gobierno y cargos críticos de la administración pública - se podrá destinar, en forma indistinta o combinada, al desempeño de la actividad clínica y asistencial, informando al Director del Servicio de dicha opción y la distribución que hará de las horas respectivas.

Ello se extiende en los mismos términos y bajo el mismo deber de información al Subdirector Médico, a los Directores Regionales y al Director Regional Metropolitano del Servicio Médico Legal, seleccionados por el Sistema de Alta Dirección Pública.

Además se permite a los profesionales funcionarios que en virtud de la aplicación del Sistema de la Alta Dirección Pública, sean nombrados en los cargos de Director de Hospital o Subdirector Médico de Hospital o de un Servicio de Salud, mantener la propiedad de sus cargos anteriores incompatibles, sin derecho a remuneración.

Lo señalado será igualmente aplicable al Subdirector Médico y a los Directores Regionales, incluido el de la Región Metropolitana, seleccionados por el Sistema de la Alta Dirección Pública.

La ley entrará en vigencia a contar del primer día del mes subsiguiente al de su publicación en el Diario Oficial. 

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