PROYECTO QUE MODIFICA CONTRATOS DE SEGUROS ESTÁ LISTO PARA CONVERTIRSE EN LEY · Iniciativa presentada por el diputado Patricio Vallespín, protege a las personas ante el abuso de las aseguradoras.
A días de convertirse en ley,
se encuentra el proyecto de autoría del diputado DC, Patricio Vallespín, que modifica
la ley de contratación de seguros - que data de 1865- buscando proteger a los
consumidores de los probables abusos de las empresas aseguradoras.
Según explicó el legislador,
en promedio cada chileno tiene 4,2
pólizas de seguros de distinta índole, los que son regulados por más de 3 mil
300 actores participantes, entre los que se consideran administradores de
fondos mutuos y corredores de seguros. El crecimiento exponencial de este
recurso, hizo que, tras cinco años de tramitación, finalmente el Congreso haya
aprobado la modificación a la ley, que, además, equilibra las condiciones de contratación, estableciendo normas mínimas
obligatorias que antes no estaban claras.
“El problema que hay ahora,
es que el 90% de los contratos de
seguros que se establecían, eran contratos de adhesión, vale decir, las
condiciones las fija la aseguradora y la persona se somete a eso, porque no son
contratos uno a uno. Ahora se estableció que el contrato será consensual, es
decir, se perfecciona con el sólo consentimiento de las partes”, informó
Vallespín.
Además- dijo el diputado- se establece como obligación que la
compañía de seguros entregue al asegurado una póliza de seguro, “algo que
no estaba establecido en la ley y la gente muchas veces no tenía la póliza de
seguro y no sabía lo que había contratado”.
Un tema fundamental, y que
aborda la legislación, es el llamado “peso
de la prueba”. Esto significa que será el asegurador el que tendrá que
acreditar que efectivamente existe un siniestro, a diferencia de lo que ocurre
hasta hoy y que “permitirá proceder más rápido a pagar lo que corresponda”.
De importancia es que los aseguradores tienen la obligación de brindar asesoría responsable a
los asegurados para que estos puedan obtener las coberturas más convenientes a
sus necesidades, estableciendo la responsabilidad de los aseguradores por las
infracciones, errores y omisiones que incurrieren, así como de los perjuicios
ocasionados al asegurado por faltas o errores en dicha asesoría.
Esta modificación legal da derecho al contratante o asegurado la facultad de retractarse dentro
del plazo de diez días, contado desde que reciba la póliza, sin expresión
de causa ni cargo alguno, teniendo el derecho a la devolución de la prima que
hubiere pagado.
Con respecto a las reaseguraciones, tema que causó polémica cuando se generó el terremoto
de 2010, la nueva ley establece el contrato de reaseguro como principio de
autonomía, es decir, contratos autónomos, lo que obliga a las compañías de
seguros a pagar a los afectados.
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