CORTE SUPREMA CONDENA A MUNICIPIO DE COLLIPULLI POR ACCIDENTE EN BALNEARIO DEL RÍO MALLECO
CORTE SUPREMA CONDENA A MUNICIPIO DE COLLIPULLI POR ACCIDENTE EN BALNEARIO DEL RÍO MALLECO | |
La Corte Suprema condenó a la municipalidad de
Collipulli a pagar una indemnización de $ 20.000.000 (veinte millones de
pesos) a los padres y una entonces menor de edad que sufrió un
accidente en un balneario del río Malleco el 27 de enero de 2009.
En fallo unánime (rol 152-2012) los ministros Sergio
Muñoz, Pedro Pierry, María Eugenia Sandoval y los abogados integrantes
Jorge Lagos y Arturo Prado rechazaron el recurso de casación en contra
del fallo de la Corte de Apelaciones de Temuco, que determinó el pago a
Carlos Fredes Fernández, Marisol Salazar Orellana y la hija de ambos.
La menor -de 16 años al momento del accidente- cuando
se disponía a bañarse en el río Malleco recibió una descarga eléctrica
producto del mal funcionamiento de una motobomba, lo que le provocó
serias lesiones.
El fallo ratifica la responsabilidad del municipio por falta de servicio.
“Que no ha existido la infracción al artículo antes
citado desde que se estableció en la causa que los daños sufridos por
los actores, y cuya indemnización se ordenó, son consecuencia del
funcionamiento defectuoso de la motobomba propiedad del municipio y del
hecho de no existir señalización que advirtiera del peligro, pese a
tratarse de electricidad de alta tensión, lo que constituye falta de
servicio, como se afirma en el fallo impugnado”, dice el fallo.
Agrega que: “Por consiguiente, al haber acogido la
demanda los jueces del grado no han incurrido en error de derecho, por
lo que el recurso de casación en el fondo no puede prosperar y ha de ser
desestimado”
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