Diputados: Reforma a ley de jardines infantiles será votada en Comisión de Educación el martes 30 de abril


            

Publicado el 10 de abril del 2013
La iniciativa, iniciada en mensaje del Ejecutivo, exige a todos los centros educacionales una autorización para poder funcionar, la cual será otorgada por el Ministerio de Educación. Las asociaciones de funcionarios de la Junji, si bien apoyaron el fondo del proyecto, presentaron diversas observaciones.
Para el martes 30 de abril se fijó en la Comisión de Educación de la Cámara de Diputados la votación en particular del proyecto del Ejecutivo (boletín 8859) que crea un sistema de autorización de funcionamiento de los jardines infantiles, otorgada por el Ministerio de Educación, y que modifica conjuntamente otros cuerpos legales.

El acuerdo fue adoptado en la sesión de ayer, ocasión en la cual la Comisión, instancia que preside la diputada María José Hoffmann (UDI), recibió también la exposición de las asociaciones de funcionarios de la Junta Nacional de Jardines Infantiles (Junji), Ajunji y Aprojunji.

Ajunji declaró ante los diputados no estar del todo conforme con el perfil del proyecto, refutando la idea de erradicar de manera absoluta el rol de supervigilancia que históricamente ha desempeñado la Junji respecto de la oferta privada de educación parvularia. “Por el contrario, se debe mantener en esta institución la facultad de supervigilancia, agregándole facultades fiscalizadoras que se pretenden radicar con este proyecto en la Superintendencia de Educación”, precisaron.

Recalcaron que tener unidades operativas y el desarrollo y prestación de oferta pública parvularia ha permitido desarrollar una capacidad fiscalizadora que, “de radicarse en un ente como la Superintendencia, perdería su principal riqueza que es el saber cómo se debe implementar la prestación de educación parvularia”.

También dijeron no estar de acuerdo con el hecho que la dotación funcionaria se vea mermada producto de traslados de funcionarios a la Superintendencia de Educación, toda vez que la fiscalización propia no se va a eliminar y se va a mudar a la supervisión propia y permanente que requieren nuestros jardines infantiles.

Los representantes de Aprojunji, en relación a los requisitos que deben cumplir los jardines infantiles para obtener la autorización, sugirieron que se considere la normativa Junji para acreditar que el local cumpla con las normas mínimas; y que el proyecto educativo que se exige cuente con las dimensiones de Gestión Educativa, Liderazgo, Participación de la Familia y Comunidad, Protección y Cuidado, Gestión y Administración de RRHH, Materiales y Financieros.

Expresaron su oposición a la implementación del Decreto 115, el cual establece menos adultos para más niños (en el caso de las salas cunas, 1 educadora para 40 lactantes) y estimaron importante que los nuevos jardines cumplan con el coeficiente técnico que hoy día impera en la Junji, es decir más adultos para menos niños (2 educadoras y 8 técnicos para 40 lactantes, divididos en dos niveles). “La Calidad pasa por mejorar los estándares de mayor número de adultos y disminuir el número de párvulos, acercándonos a los países desarrollados, cuya proporción es 1 adulto por cada 6 niños y niñas”, plantearon.

Proyecto

La propuesta del Ejecutivo exige a todos los centros educacionales que entreguen educación integral a niños, desde su nacimiento hasta el ingreso a la educación básica, una autorización para poder funcionar, la cual será otorgada por el Ministerio de Educación.

Según detalla el mensaje, la mencionada autorización combina requisitos que garantizan estándares de calidad para todos los centros de educación parvularia del país, “velando por el bienestar de los niños, con la flexibilidad necesaria para que distintos establecimientos puedan crear proyectos educativos diversos que reflejen las necesidades y los intereses de sus niños y comunidades, respetando el derecho constitucional y universal de los padres como principales educadores de sus hijos”.

Además, la iniciativa otorga a la Superintendencia de Educación la potestad de fiscalizar el cumplimiento en el tiempo de los requisitos establecidos para la mantención de la autorización de funcionamiento y la facultad para sancionarlos, en caso de incumplimiento de los mismos. La sanción podría consistir en una simple amonestación hasta la clausura del establecimiento o la inhabilitación del sostenedor.

Finalmente, con la idea de dar un mayor resguardo a la integridad y seguridad de los niños, se propone modificar el artículo 177 del Código Procesal Penal, aumentándose las multas aplicables en caso de no cumplirse con la obligación de denunciar aquellos delitos que afectaren a los párvulos y que hubieren tenido lugar en jardines infantiles.

“Con ello, la institucionalidad de la educación parvularia se moderniza, en línea con las modificaciones realizadas a nivel escolar. Así, el Ministerio de Educación fortalece su rol rector y articulador en educación, elaborando las políticas públicas del área y otorgando la autorización de funcionamiento a los establecimientos que imparten educación parvularia. La Superintendencia de Educación será la encargada de la fiscalización del cumplimiento de la normativa y la Junta Nacional de Jardines Infantiles se focaliza en sus funciones de provisión de educación parvularia”, se resalta.

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