La Corte Suprema confirmó la multa aplicada a la Compañía Minera Los Pelambres por el incumplimiento de una resolución ambiental
La Corte
Suprema confirmó la multa aplicada a la Compañía Minera Los Pelambres
por el incumplimiento de una resolución ambiental (RCA 71/1997).
En fallo unánime (causa rol 1407-2013), los
ministros de la Tercera Sala del máximo tribunal -Héctor Carreño, Pedro
Pierry y María Eugenia Sandoval; además de los abogados integrantes
Emilio Pfeffer y Arturo Prado- declararon inadmisible el recurso de
casación en la forma y rechazaron el recurso de casación en el fondo,
ratificándose así una multa de 500 UTM (unidades tributarias mensuales),
aplicada por la Comisión Regional del Medio Ambiente de la IV Región.
La resolución determina: “Que el hecho reseñado
precedentemente resulta inamovible para este tribunal de casación, que
no puede variarlo porque su labor se limita a verificar la legalidad de
un fallo en cuanto la ley ha sido aplicada a los hechos determinados por
los jueces del fondo”.
El fallo agrega: “En armonía con lo que se lleva
expuesto, puede inferirse que el recurso de casación en el fondo se
construye contra los hechos del proceso establecidos por los
sentenciadores del mérito, e intenta variarlos, proponiendo otros que a
juicio de la recurrente estarían probados. Dicha finalidad, por cierto,
es ajena a un recurso de esta especie, destinado a invalidar una
sentencia en los casos expresamente previstos por la ley, esto es, en la
casación se analiza la legalidad de una sentencia, lo que significa que
se realiza un escrutinio respecto de la aplicación correcta de la ley y
el derecho, pero en relación a hechos que soberanamente han dado por
probados o sentados los magistrados a cargo de la instancia, los que no
puede modificar esta Corte a menos que se haya denunciado y comprobado
la efectiva infracción de normas reguladoras del valor legal de la
prueba, cuyo no es el caso de autos, circunstancia que lleva a concluir
que el recurso en estudio adolece de manifiesta falta de fundamento, por
lo que no puede prosperar”.
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