CORTE SUPREMA APRUEBA CONCILIACIÓN EN DEMANDA COLECTIVA DE ASOCIACIÓN DE CONSUMIDORES CONTRA BANCOESTADO

CORTE SUPREMA APRUEBA CONCILIACIÓN EN DEMANDA COLECTIVA DE ASOCIACIÓN DE CONSUMIDORES CONTRA BANCOESTADO


La Corte Suprema aprobó la conciliación en la demanda por interés colectivo difuso presentada  por la Corporación Nacional de Consumidores y Usuarios (Conadecus), en contra del BancoEstado por  el cobro de comisión de administración en cuentas de ahorro.

La audiencia de conciliación -citada por el máximo tribunal el 10 de abril pasado- se desarrolló a partir de las 13:30 horas de hoy, lunes 6 de mayo, en la Primera Sala de la Corte Suprema. Diligencia que estuvo a cargo de la abogada integrante del máximo tribunal Virginia Halpern.

En el comparendo estuvieron presentes los representantes de la Conadecus, encabezados por su presidente, Hernán Calderón, quien estuvo acompañado por  los abogados Iván Parra y Andrés Parra. En tanto, el BancoEstado fue representado por los abogados José María Eyzaguirre, Javier Zaldívar y Nicolás Luco; y el Servicio Nacional del Consumidor (Sernac), por el director, Juan José Ossa; el subdirector, Lucas del Villar; la jefa de División Jurídica, Carolina Norambuena, y Luis Álvarez Estay.

Durante la audiencia las partes arribaron a un acuerdo que pone fin al litigio y que quedó plasmado en los siguientes términos:
1.- La parte demandada (BancoEstado) se obliga a restituir el total de las sumas que fueron cobradas a propósito de la comisión que dio origen al presente litigio, ascendentes a un monto total de $5.675.354.235, sin reajustes ni intereses y conforme lo dispone el motivo décimo séptimo y resolutivo letra d) del fallo de primera instancia;
2.-Que la referida devolución se hará por el propio BancoEstado a partir del cuadragésimo quinto día de presentado el acuerdo pormenorizado al que se han obligado las partes, y que es integrante de la presente conciliación, y hasta el plazo de cinco años posteriores a su fecha. Todos los procedimientos internos necesarios para la restitución ya referida, serán acordados directamente por las partes y plasmado en el documento a que se ha hecho mención;
3.- Que el banco no obstante haber dejado de cobrar la comisión materia de la litis en noviembre del 2011, se obliga a no proceder a su cobro hacia el futuro;
4.- Que la parte demandada cumplirá con el pago de la multa impuesta por la sentencia recurrida, equivalente a cincuenta unidades tributarias mensuales;
5.- Que, asimismo, el demandado asumirá el pago de las costas de la demandante Conadecus.

Comentarios

Entradas populares de este blog

Las 3 banderas de Chile

FALLECE ROY GARBER, UNO DE LOS PROTAGONISTAS DE LA SERIE “GUERRA DE ENVÍOS” EN A&E

Falleció hija de dos años de la periodista Mónica Rincón.Clara Galdames dejó de existir en horas de esta mañana, tras llevar días internada en la UTI por problemas al corazón. La niña había presentado complicaciones físicas desde su nacimiento.