Diputados: Superintendencia de Bancos e Instituciones Financieras (SBIF) reconoció falta de norma expresa que permita al Sernac Financiero regular cobro de comisiones


             SBIF reconoció falta de norma expresa que permita al Sernac Financiero regular cobro de comisiones

Publicado el 16 de mayo del 2013
El Superintendente y el director jurídico del organismo indicaron ante la Comisión de Hacienda que, tras un largo proceso de estudio y evaluación y teniendo como hito la aprobación de la ley que creó el Sernac Financiero, se interpretó que la Superintendencia no cuenta con facultades en la materia. Informaron que dicha convicción se manifestó en la derogación de esta y otras normas, a través de la circular 3.549, el pasado 30 de abril.
Sin facultades legales expresas que lo autoricen a regular los cobros de comisiones de los oferentes de crédito estaría a la fecha el Sernac Financiero (SF), según reconoció ayer la Superintendencia de Bancos e Instituciones Financieras (SBIF) ante la Comisión de Hacienda de la Cámara de Diputados, en el contexto de la desvinculación normativa que efectuó esta institución sobre la materia, el 30 de abril pasado.

En su presentación, el Superintendente Raphael Bergoeing enfatizó que la derogación de la norma por parte de la SBIF fue parte de un proceso largo y estudiado, coordinado con el Banco Central, que tuvo como hito la aprobación de la Ley 20.555, que modificó la Ley del Consumidor y que creó el SF.

Dijo que con la creación del nuevo organismo, la Superintendencia entendió que había perdido competencia en las materias propias de la Ley del Consumidor, lo que sumado al hecho que varias de las reglamentaciones no estaban relacionadas con mecanismos destinados a resguardar la estabilidad de las entidades financieras (objetivo SBIF), se optó por dictar la circular 3.549 que derogó y modificó instrucciones relacionadas con dicha normativa y sus reglamentos, incluyendo la citada norma sobre cobro de comisiones y modificaciones de contrato por consentimiento tácito de los clientes.

El Superintendente dijo que a juicio de la SBIF, la atribución regulatoria de esta norma está contemplada dentro de las atribuciones del Sernac Financiero, sin embargo, no precisó el cuadro jurídico específico que respalda dicha apreciación y sostuvo que éste se encontraba dentro de los documentos adjuntos de la presentación entregada a la Comisión. Luego, entregó la palabra al director jurídico de la Superintendencia, Carlos Pavez.

Pese a las expectativas de los diputados, el abogado no entregó nuevas precisiones jurídicas y reiteró lo ya señalado por Bergoeing en orden a que, con ocasión de la aprobación y entrada en vigencia de la Ley 20.555, se terminó por zanjar una larga discusión respecto de qué entidad es la encargada de fiscalizar el tema del cobro de comisiones, entendiéndose que la misión estaba ahora entregada al SF y que, por tanto, a la Superintendencia sólo le cabía notificar a la industria de dicha situación y desvincular y modificar su reglamentación en esa línea.

Frente a estas declaraciones, los diputados Ernesto Silva (UDI) y Pablo Lorenzini (DC) pidieron la palabra y fueron enfáticos en señalar a los representantes de la Superintendencia que, leyendo la citada Ley, era claro que no había ninguna norma expresa que entregara facultades normativas al SF.

“Yo entiendo que no hay facultad normativa ninguna del Sernac y las del Ministerio de Economía en materia financiera sólo son informativas. Entonces, la pregunta es muy concreta, ¿quién tiene la facultad de decir si una renovación o un acuerdo expreso o tácito está bien o está mal?”, inquirió Silva.

“Respondiéndole concretamente a su pregunta, de si hay una facultad normativa en la Ley de Protección al Consumidor que le permita al Sernac, entendemos que no”, confirmó finalmente Pavez.

Al término de la sesión, el diputado Silva estimó que el encuentro fue muy útil para iniciar la discusión, pero recalcó que este debate aún no ha terminado. “No ha quedado claro todavía que, una vez que la Superintendencia renuncia a la facultad de regular estas operaciones, quién tiene hoy la facultad expresa para hacerlo, por eso le he propuesto a la Comisión y así se ha tomado acuerdo, enviar un oficio a la Superintendencia, al Ministerio de Economía, al Ministerio de Hacienda y al Sernac Financiero para que puedan especificar quién tiene la facultad de hacerlo. Quedó claro que hoy no la tiene la SBIF y eso nos preocupa”, puntualizó.

El diputado Lorenzini dijo tener claro que el consumidor, el cliente bancario o financiero, está desprotegido hoy día, porque por un lado la Superintendencia dice que no tiene facultades y que quien tiene que fiscalizar y aplicar la normativa es el Sernac Financiero, en circunstancias que los bancos no se han timbrado con el sello de este organismo y, por lo tanto, no se les puede exigir nada.

“Entonces, ni el SF ni la Superintendencia, más allá de la teoría, tienen atribuciones prácticas de defender al consumidor financiero”, recalcó, estimando que será misión del Parlamento tomar cartas en el asunto para legislar sobre el tema.

El Superintendente Bergoeing refutó de plano ante la prensa que la desvinculación normativa haya sido apresurada. Recordó que el 16 de abril pasado, antes del fallo de la Corte Suprema sobre el caso de CencoSud, la SBIF puso en consulta una serie de instrucciones destinadas a modificar la circular 17, excluyendo cualquier mención al tema del consentimiento ante cambio de comisiones, dado que la norma había sido derogada por efecto del nuevo escenario determinado por la Ley 20.555.

“Este no es un escenario en el que a nosotros la justicia nos pide que cambiemos la forma de hacer las cosas. Lo que nos dice la justicia, en el caso del fallo de CencoSud y lo que nos había dicho la Ley de Protección al Consumidor, en nuestra interpretación jurídica en marzo del año pasado, es que nosotros habíamos perdido competencia en esta materia. Por lo tanto, lo que hacemos es lo que tenía que hacer una institución del Estado, es respetar un fallo en el caso CencoSud y adecuar su normativa en el caso de la interpretación jurídica en el caso de la Ley de Protección al Consumidor, para dejar en el SF estas atribuciones”, precisó.

Raphael Bergoeing estimó que se debe avanzar en un sistema de consentimiento que permita que, por un lado, los clientes tengan los derechos que la Ley del Consumidor les entrega y, por otro lado, que la industria financiera sea capaz de seguir contribuyendo al crecimiento del país. En todo caso, fue claro que en un escenario donde el cliente no quiere continuar la relación con un banco, tiene la alternativa de buscar opciones en el mercado bancario que lo dejen más satisfecho.

Ausencia de Awad

La Comisión de Hacienda contemplaba recibir también ayer al presidente de la Asociación de Bancos e Instituciones Financieras, Jorge Awad, sin embargo, la autoridad gremial se excusó de venir.

Los diputados esperaban discutir con Awad la visión de la banca sobre el efecto del fallo de la Corte Suprema en el caso de CencoSud y las posteriores negociaciones entre asociaciones de consumidores con BancoEstado y Banco Santander, por el tema de las variaciones unilaterales en los cobros de comisiones.

Asimismo, se esperaba que Awad explicara las críticas que había vertido en medios de prensa en torno a los efectos de la consulta de la circular 17 de la SBIF.

Los diputados se mostraron molestos por la ausencia del representante gremial y, tras un breve debate sobre el tema, el presidente de la Comisión, diputado Miodrag Marinovic (Ind) recabó la unanimidad de los legisladores para reiterar la invitación.

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