CORTE SUPREMA ACOGE RECURSO DE PROTECCIÓN POR DENOMINADAS ESCUELAS CONCENTRADAS DE TALCA

CORTE SUPREMA ACOGE RECURSO DE PROTECCIÓN POR DENOMINADAS ESCUELAS CONCENTRADAS DE TALCA

La Corte Suprema acogió recurso de protección presentado por un grupo de apoderados y alumnos de las denominadas Escuelas Concentradas de Talca, en contra de la decisión del Concejo Municipal que rechazó su reparación y dispuso su traslado.

En fallo unánime (causa rol 2320-2013), los ministros de la Tercera Sala del máximo tribunal Sergio Muñoz, Pedro Pierry y María Eugenia Sandoval; además de los abogados integrantes Emilio Pfeffer y Arturo Prado, revocaron la decisión de la Corte de Apelaciones de Talca que había rechazado el recurso y determinaron el actuar arbitrario e ilegal del Concejo Municipal en el caso.

La resolución determina que la decisión de dejar sin financiamiento los convenios de reparación de los establecimientos educacionales –afectados por el terremoto del 27 de febrero de 2010- es una amenaza al patrimonio de la ciudad y al proceso de protección de parte del Consejo de Monumentos Nacionales.

“Que si bien a la fecha en que se informó al tribunal la respectiva declaración de Monumento Nacional aún pendía del correspondiente decreto del Ministerio de Educación, esta Corte no puede desentenderse de los fundamentos informados por el Consejo de Monumentos Nacionales, tenidas en consideración al momento de decidir su condición, en los que se reconoce la necesidad de preservar la edificación, a partir de los valores que en los ámbitos antes citados ella representa. Por lo demás, de acuerdo a los antecedentes acompañados por el propio Consejo de Monumentos Nacionales queda en evidencia que es posible llevar a cabo las obras de reparación de los daños sufridos por el establecimiento de autos a consecuencia del movimiento sísmico que afectó a toda la zona central del país el año 2010”, sostiene el fallo.

La resolución agrega: “Sobre la base de las consideraciones que preceden, la Municipalidad de Talca, propietaria del inmueble de que se trata, está obligada a recabar la autorización del Consejo de Monumentos Nacionales, en los términos que establece el artículo 12 de la Ley N° 17.288, con antelación a realizar las obras que en dicha disposición se mencionan, en el evento que el Ministerio de Educación acoja la petición del Consejo y dicte el correspondiente decreto de declaración de Monumento Histórico”.
 
“De esta manera la decisión adoptada por el Concejo Municipal de Talca, de fecha 4 de febrero último, en cuanto acordó dejar sin efecto los convenios de financiamiento suscritos por el Municipio con el Ministerio de Educación para financiar las reparaciones del establecimiento, así como la decisión de demoler éste según da cuenta el informe del Consejo de Monumentos Nacionales, significa una amenaza que de concretarse resultará ser contraria a lo que dispone la ley, debiendo, de manera preventiva, acogerse la presente acción cautelar, ya que ello significaría –según se indicó- una eventual vulneración de la garantía constitucional del artículo 19 numeral 2 de la Carta Fundamental, toda vez que la referida decisión del Concejo Municipal implicaría una discriminación arbitraria en relación a otras construcciones propuestas para ser declaradas monumentos nacionales y cuya conservación aparece como prioritaria”.

Por lo tanto, “se deja sin efecto el acuerdo adoptado por el Concejo Municipal de la Municipalidad de Talca, de 4 de febrero de 2013, que revocó a su vez el acuerdo adoptado por él mismo en sesión ordinaria de 20 de julio del año 2011 en que se decidió la reparación de las Escuelas Carlos Salinas Lagos y José Manuel Balmaceda y Fernández, también denominadas “Escuelas Concentradas”, en el lugar donde actualmente se encuentran emplazadas, así como todos los actos y resoluciones municipales posteriores que ordenaron la demolición de los inmuebles”.
 

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