Presentan moción que aumenta sanciones penales para las acciones colusivas en el mercado
Presentan moción que aumenta sanciones penales para las acciones colusivas en el mercado
Publicado el 26 de julio del 2013
La propuesta, presentada por diputados de oposición, se
apoya en la idea que una afectación frontal al orden público económico
constituye un peligro inminente para la vida e integridad física de las
personas.
Interesados en promover una economía sana y competitiva en el país, un grupo de diputados de oposición, encabezados por Fernando Meza (PRSD), presentó un proyecto (boletín 9026) que aumenta las sanciones penales para las acciones colusivas en el mercado.
La iniciativa, enviada a la Comisión de Constitución para su estudio, fue ingresada a trámite legislativo el pasado 17 de julio por el diputado Fernando Meza junto a sus compañeros de partido Marcos Espinosa, Carlos Abel Jarpa y Alberto Robles y a los diputados PPD Enrique Accorsi, Pepe Auth y Enrique Jaramillo; PS Marcelo Díaz; y DC Patricio Vallespín.
“Este proyecto de ley busca dar concordancia a normas que se encuentran vigentes en nuestra legislación y que, sin embargo, no han tenido cabal aplicación, así como también pretende aumentar las penas reclusivas a modo ejemplificador, dejando de manifiesto la gravedad de este tipo de conductas que, en algunos casos, atentan directamente los derechos humanos de las personas, como por ejemplo el derecho a la salud”, enfatizaron los legisladores.
Recalcaron que una afectación frontal al orden público económico constituye un peligro inminente para la vida e integridad física de las personas, lo que es especialmente grave, pues supone un acuerdo de agentes económicos, quienes actúan sobre seguro, usando información sensible que les da su posición en el mercado.
Recordaron que nuestra legislación contempla actualmente normas que sancionan este tipo de conductas, pero que, por confusión o desconocimiento, no se les ha dado plena aplicación. “Por consiguiente, no se han conseguido penas ejemplares para bullados casos de colusión, en donde la sanción aplicada ha sido, por decir lo menos, irrisoria”, enfatizaron.
Específicamente, se propone indicar que “los que por medios fraudulentos consiguen alterar el precio natural del trabajo, de los géneros o mercaderías, acciones, rentas públicas o privadas o de cualesquier otra cosa que fueren objetos de contratación, sufrirán las penas de reclusión menor en su grado máximo (de tres años y un día a cinco años) y multa de seis a diez UTM, sin perjuicio de las sanciones establecidas en otros cuerpos legales para esta misma clase de conductas”.
Plantearon que, como resultado de la colusión entre competidores, los precios son más elevados que los competitivos; hay menos productos disponibles; y la calidad de los mismos es inferior a la que puede encontrarse en otros mercados. “Este comportamiento se agrava si los productos objeto de la colusión son de necesidad básica y responden a situaciones de monopolio u oligopolio como el caso de las farmacias”, puntualizaron.
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