Cámara de Diputados verá el lunes perfeccionamiento al régimen previsional de las FF.AA., de Orden y Gendarmería

             Cámara de Diputados verá el lunes perfeccionamiento al régimen previsional de las FF.AA., de Orden y Gendarmería

Publicado el 09 de agosto del 2013

La iniciativa, que presenta informes de las Comisiones de Defensa y de Hacienda, busca corregir distorsiones y homologar las diversas realidades presentes entre Dipreca y la Capredena. Asimismo, apunta a que todo el personal civil se asemeje al resto de los trabajadores chilenos que imponen a través del sistema de capitalización individual y restringe algunos beneficios actuales.
En primer lugar de la tabla del próximo lunes 12 de agosto de la Sala de la Cámara de Diputados se encuentra el proyecto (boletín 8643) que perfecciona el sistema previsional de las Fuerzas Armadas, de Orden y Seguridad Pública y Gendarmería de Chile, iniciativa que cuenta con informe de las Comisiones de Hacienda y de Defensa.

El Subsecretario de Fuerzas Armadas, Alfonso Vargas, explicó en las comisiones que la propuesta legal busca corregir distorsiones y homologar las diversas realidades presentes entre la Dirección de Previsión de Carabineros de Chile (Dipreca) y la Caja de Previsión de la Defensa Nacional (Capredena). Asimismo, se pretende que todo el personal civil se asemeje al resto de los trabajadores chilenos que imponen a través del sistema de capitalización individual (DL 3500).

El proyecto fue ampliamente debatido en ambas Comisiones entre los parlamentarios y el Ejecutivo, particularmente por la pérdida de algunos beneficios actuales y por no incluir en la normativa una solución para 22 funcionarios de Asmar (Astilleros y Maestranzas de la Armada), quienes al ingresar al organismo durante un período de transición entre el antiguo sistema previsional y el nuevo (entre 1984 y 1985), quedaron en una indefinición sobre el mecanismo de pensión que les corresponde.

Pese a lo anterior, el Gobierno ganó en la Comisión de Hacienda todos sus puntos y sólo debió lamentar el rechazo de un artículo que fijaba las exigencias para el personal civil de Gendarmería para acogerse al régimen previsional de la Dipreca. En particular, la solicitud es reducir de quince a cinco años la exigencia de servicio efectivo dentro de una unidad penal.

En otra línea, la propuesta contempla la eliminación de la cotización de 6%, para retiro de los pensionados y montepiados de la Capredena, y del 5.95% para los de la Dipreca, mayores de 65 años, en ambos casos.

Para los pensionados y montepiados cuyo monto de pensión sea inferior a $453.217, la eliminación total de la referida cotización para el fondo de retiro surtirá efecto a contar de la entrada en vigencia de la ley, mientras que para el resto de los pensionados y montepiados mayores de 65 años, la eliminación total de la cotización se producirá a contar del tercer año de vigencia de la ley, sin perjuicio de ver disminuida la misma a partir del primer año de vigencia.

Asimismo, la normativa dispone que el descuento del 0.5% destinado al Fondo de Revalorización de Pensiones para los pensionados y montepiados de la Caja de Previsión de la Defensa Nacional, mayores de 65 años, sea redestinado al financiamiento de los fondos de salud de dicha entidad previsional, del Ejército, Armada y Fuerza Aérea de Chile, de tal forma de mejorar las prestaciones médicas y las coberturas que los planes de salud brindan a sus beneficiarios.

El proyecto también propone restringir, a una única vez, la reliquidación a que tienen derecho los pensionados que vuelven al servicio en otras plazas o empleos de las Fuerzas Armadas o Carabineros de Chile o Policía de Investigaciones y que obtienen otra pensión de retiro, sujeto a la condición de ejercer una función adscrita al régimen previsional de la citada Dirección de Previsión y por un lapso no inferior a tres años consecutivos.

La iniciativa, además, elimina tanto para Dipreca como para Capredena las dobles pensiones de que hasta ahora gozan algunos retirados y terminar con el beneficio de montepío de por vida para las hijas solteras. En este último caso, la norma general aprobada establece que los hijos e hijas, para ser beneficiarios de montepío, deben ser solteros y cumplir uno de los siguientes requisitos:

a) Ser menores de 18 años de edad;
b) Ser mayores de 18 años de edad y menores de 24, si son estudiantes de cursos regulares de enseñanza básica, media, técnica o superior. La calidad de estudiante deberá tenerla a la fecha del fallecimiento del causante o adquirirla antes de los 24 años de edad.
c) Ser inválido o incapaz absoluto, cualquiera sea su edad. Para estos efectos, la invalidez o incapacidad absoluta puede producirse después del fallecimiento del causante, pero antes de que cumplan las edades máximas recién señaladas.

Los informes de las Comisiones de Defensa y de Hacienda serán entregados a la Sala por los diputados Germán Verdugo y Gastón Von Mühlenbrock, respectivamente.

Cabe señalar que la Sala también considera en su tabla del próximo lunes el proyecto (boletín 7829) que crea la Intendencia de Seguridad y Salud en el Trabajo, fortalece el rol de la Superintendencia de Seguridad Social y actualiza sus atribuciones y funciones; y la moción (boletín 5579) que regula la venta de videojuegos excesivamente violentos a menores de 18 años y exige control parental a consolas.

Comentarios

Entradas populares de este blog

Las 3 banderas de Chile

FALLECE ROY GARBER, UNO DE LOS PROTAGONISTAS DE LA SERIE “GUERRA DE ENVÍOS” EN A&E

Falleció hija de dos años de la periodista Mónica Rincón.Clara Galdames dejó de existir en horas de esta mañana, tras llevar días internada en la UTI por problemas al corazón. La niña había presentado complicaciones físicas desde su nacimiento.