Por mantener a clientes repactados en DICOM: Corte Suprema declara admisible demanda contra Presto

Por mantener a clientes repactados en DICOM: Corte Suprema declara admisible demanda contra Presto

La acción judicial busca compensar el daño causado a todos los afectados por esta práctica, quienes, pese a ponerse al día con su deuda, fueron mantenidos en DICOM.

Por mantener a clientes repactados en DICOM: Corte Suprema declara admisible demanda contra Presto. Fuente imagen: Latercera.clLa Justicia declaró admisible la demanda contra Presto, porinfringir a la Ley del Consumidor y la ley de Datos Personales, al mantener en Dicom a los consumidores que repactaron su deuda de manera voluntaria con la empresa,basados en una cláusula del documento que se les hizo firmar al reprogramar.

Dicha cláusula señalaba: “acepto que la suscripción de este documento no hace cesar la mora por lo que no conlleva la eliminación de mis antecedentes comerciales y/o financieros sino hasta el pago de la última cuota”. Es decir, aunque el cliente reprogramara la deuda y estuviera al día, se le mantenía en DICOM hasta que pagara el total.
Recordemos que en julio de 2011, tras haberse presentado esta acción colectiva, el tribunal de primera instancia había acogido la admisibilidad de la demanda. Sin embargo, en esa oportunidad Presto apeló esta decisión ante la Corte de Apelaciones de Santiago, quien acogió el recurso de Presto.
Tras este hecho, el SERNAC presentó un recurso de casación en la forma y en el fondo ante la Corte Suprema para revertir la decisión, convencidos como institución de los fundamentos de este juicio y de la infracción de los parámetros definidos en la Ley, esto es, resguardar los intereses colectivos de los consumidores.
Una vez realizados los respectivos alegatos, la Corte Suprema acogió el recurso de casación presentado por el Sernac, y en definitiva permitió que hoy se pueda continuar la defensa activa de los intereses de los consumidores afectados por este caso.
Tras esta buena noticia, los siguientes pasos del Sernac están orientados a que los tribunales finalmente determinen el monto de una compensación justa y adecuada para los más de 18 mil consumidores afectados.
Actualmente el Sernac también mantiene una demanda en contra de ABCDIN por esta misma situación, con más de 75 mil afectados.

Antecedentes

En Julio de 2011, el Sernac recibió antecedentes de consumidores que tras repactar sus deudas de manera voluntaria con la empresa, eran mantenidos en los registros de morosos, Dicom, basados en una cláusula del documento que se les hacía firmar al reprogramar.
Debemos recordar que cuando una deuda se repacta, rigen nuevas condiciones y plazos, por lo que no se justifica que se mantenga al consumidor en ningún registro de morosidad.
La repactación es un nuevo comienzo y la empresa no puede obligar al consumidor a que renuncie a ese derecho y mantenerlo en DICOM hasta la última cuota.
Si un consumidor ha hecho el esfuerzo de pagar y estar al día en su deuda repactada, no debe estar en DICOM.
Tras este hecho, el 5 de julio de 2011, y luego de analizar los antecedentes recibidos, el Sernac ofició a la empresa solicitándole información. Posteriormente y luego de los antecedentes presentados, decidió presentar una acción colectiva.



fuente. sernac

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