DIRECCIONES DE LAS JUNTAS ELECTORALES DEL PAÍS PARA EXCUSARSE COMO VOCAL.PLAZO MIÉRCOLES 30

  

ATENCIÓN VOTANTES ELECCIONES DE NOVIEMBRE 2013: AQUÍ ESTÁN LAS DIRECCIONES DE LAS  JUNTAS ELECTORALES DEL PAÍS PARA EXCUSARSE COMO VOCAL.PLAZO MIÉRCOLES 30


http://oficial.servel.cl/controls/neochannels/neo_ch263/neochn263.aspx

Las excusas de vocales de Mesa y miembros de Colegios pueden presentarse hasta el 30 de octubre

Las personas designadas como vocales o miembros que se encuentren en algunas de las causales para excusarse, podrán hacerlo los días 28, 29 y 30, en las Juntas Electorales que los nombraron. El 2 de noviembre se publicarán las nóminas de reemplazantes.



Para las Elecciones Presidencial, Parlamentarias y de Consejeros Regionales 2013, fueron designados 206.745 vocales de Mesas Receptoras de Sufragios y 4.190 miembros de Colegios Escrutadores fueron notificados el 26 de octubre, de su designación mediante publicaciones que se realizaron en diarios y periódicos del país y vía carta certificada.
Estas designaciones son un deber cívico, y por lo tanto de carácter obligatorio, no obstante la voluntariedad del voto.
Cabe destacar que son las Juntas Electorales las encargadas de estos nombramientos, por lo tanto las excusas deben presentarse  mediante una carta dirigida al Secretario de la respectiva Junta Electoral, los días 28, 29 y 30 de octubre. Se debe presentar una carta y documentación que acredite estas causales.
Los vocales de Mesa y miembros de Colegios de reemplazo serán publicados en diarios del país el próximo 2 de noviembre.
Excusas válidas
Las únicas excusas válidas que contempla la ley  18.700 para ejercer como vocal de Mesa o miembro de Colegio Escrutador son:
1) Estar entre las causales de inhabilidad contempladas en el artículo 40 de la Ley 18.700, o haber sido designado miembro del colegio escrutador.
 2) Estar ausente del país o radicado en alguna localidad distante más de 300 kilómetros o con la que no haya comunicaciones expeditas.
3) Tener que desempeñar en los mismos días y horas de funcionamiento de las Mesas, otras funciones que encomiende esta ley.
4) Tener más de 70 años de edad.
5) Estar física o mentalmente imposibilitado de ejercer la función.
 6) Cumplir labores en establecimientos hospitalarios.
7) Estar en estado de embarazo o de puerperio dentro de las seis semanas previas al parto y hasta veinticuatro semanas siguientes a éste.
Sanción por no presentación
Si una persona no cumple con alguno de estos requisitos, e igualmente no se presenta el 17 de noviembre, incurre en una infracción electoral, la cual es sancionada con una multa a beneficio municipal que va de 2 a 8 U.T.M., es decir, aproximadamente entre $ 79.500.- y $ 318.000.

   

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