SERNAC INFORMA SOBRE COBRANZAS EXTRAJUDICIALES
NO DA LO MISMO DE QUÉ
FORMA COBRAR
· Frente
a las cobranzas extrajudiciales, es importante que los consumidores recuerden
que tienen derechos. Entre ellos, a que las empresas de cobranzas no le
informen a otros sobre la deuda.
Si bien los consumidores tienen el
deber de pagar sus obligaciones, no pierden sus derechos por tener
deudas atrasadas y las empresas deben respetar lo que señala la ley con
relación a las cobranzas extrajudiciales.
No da lo mismo de qué forma actúa el acreedor.
Cobrar no es asustar, ni amenazar a los consumidores, por lo que
las malas prácticas en el proceso de cobranzas no están permitidas y así
lo ha confirmado recientemente la Corte Suprema en relación a la cobranza
telefónica, por cuanto ésta tiene por objeto poner en conocimiento al cliente
de la deuda, pero no puede constituir un acoso.
Para que tenga presente cuáles son sus derechos, recuerde: · Los consumidores tienen derecho a que las empresas de cobranzas no le informen a terceros ajenos a la deuda, como los vecinos, la familia o el jefe, poniendo en riesgo la tranquilidad del hogar o la situación laboral del deudor.
· Los llamados de cobranza sólo deben ser entre lunes y sábados, entre las 8:00 y las 20:00 horas. Es decir, no le pueden cobrar los domingo y festivos.
· No le pueden enviar documentos que aparenten ser escritos judiciales.
· No le pueden exigir gastos de cobranza por sobre los topes legales.
· Sólo le pueden cargar los gastos de cobranza después de 15 días corridos de vencida la deuda.
Por último, el SERNAC recuerda que los consumidores tienen derecho a pagar la deuda directamente a la empresa a la que se debe y no obligadamente a la empresa de cobranza.
Sobre cobranzas de deudas ya pagadas
· Las empresas tienen la obligación de cobrar deudas reales y si el consumidor pagó, no corresponde que continúen las acciones de cobranza.
· Si una empresa realiza acciones judiciales o extrajudiciales de cobranza por deudas que no existen, el consumidor tiene derecho a reclamar y a ser compensado por todo el daño ocasionado.
Para que tenga presente cuáles son sus derechos, recuerde: · Los consumidores tienen derecho a que las empresas de cobranzas no le informen a terceros ajenos a la deuda, como los vecinos, la familia o el jefe, poniendo en riesgo la tranquilidad del hogar o la situación laboral del deudor.
· Los llamados de cobranza sólo deben ser entre lunes y sábados, entre las 8:00 y las 20:00 horas. Es decir, no le pueden cobrar los domingo y festivos.
· No le pueden enviar documentos que aparenten ser escritos judiciales.
· No le pueden exigir gastos de cobranza por sobre los topes legales.
· Sólo le pueden cargar los gastos de cobranza después de 15 días corridos de vencida la deuda.
Por último, el SERNAC recuerda que los consumidores tienen derecho a pagar la deuda directamente a la empresa a la que se debe y no obligadamente a la empresa de cobranza.
Sobre cobranzas de deudas ya pagadas
· Las empresas tienen la obligación de cobrar deudas reales y si el consumidor pagó, no corresponde que continúen las acciones de cobranza.
· Si una empresa realiza acciones judiciales o extrajudiciales de cobranza por deudas que no existen, el consumidor tiene derecho a reclamar y a ser compensado por todo el daño ocasionado.
Comentarios