Cámara de Diputados aprueba reajuste para el sector público de 5% y lo despacha al Senado. Incorpora a la comuna de Cochamó a la bonificación especial que beneficia a los funcionarios que se desempeñan en zonas extremas.

             Cámara  de Diputados aprueba reajuste para el sector público de 5% y lo despacha al Senado

Publicado el 03 de diciembre del 2013

La iniciativa, que ahora será vista por el Senado en segundo trámite constitucional, también establece los tradicionales aguinaldos de navidad y fiestas patrias, bono de escolaridad, bono de invierno para los pensionados y asignaciones especiales, entre otros beneficios.
Por 78 votos a favor y 1 abstención, la Cámara aprobó y despachó al Senado, a cumplir su segundo trámite constitucional, el proyecto (boletín 9177) que otorga un reajuste de remuneraciones a los trabajadores del Sector Público, concede aguinaldos que señala, y concede otros beneficios.

La iniciativa otorga, a contar del 1 de diciembre de 2013, un reajuste general del 5 % a las remuneraciones, asignaciones, beneficios y demás retribuciones en dinero, según la normativa que les sea aplicable, a los trabajadores del sector público, tanto de la Administración Civil del Estado, como al personal afecto a las escalas de remuneraciones del Congreso Nacional, de la Contraloría General de la República y demás instituciones fiscalizadoras, de las municipalidades, de las Fuerzas Armadas, de Carabineros de Chile y de la Policía de Investigaciones, incluidos los profesionales regidos por la Ley 15.076.

Además se concede, por una sola vez, aguinaldos de Navidad a funcionarios públicos, personal de las universidades y de servicios traspasados y trabajadores de establecimientos particulares de enseñanza subvencionados, de educación técnico-profesional, colaboradores del Servicio Nacional de Menores, Corporaciones de Asistencia Judicial y de la Fundación de Asistencia Legal a la Familia.

El aguinaldo será de $46.600, para aquellos cuya remuneración líquida percibida en el mes de noviembre del 2013, sea igual o inferior a $610.000, y de $24.650, para aquellos cuya remuneración líquida supere tal cantidad, a esa misma fecha. Para los efectos de calcular la remuneración líquida, se considerarán solamente las que tengan el carácter de permanentes, excluidas las bonificaciones, asignaciones y bonos asociados.

En la misma línea, se concede un aguinaldo de Fiestas Patrias. El monto será de $60.000, para los trabajadores cuya remuneración líquida que les corresponda percibir en el mes de agosto del año 2014 sea igual o inferior a $610.000, y de $41.650, para aquellos cuya remuneración líquida supere tal cantidad.

También tendrán derecho a estos aguinaldos los trabajadores que se encuentren en goce de subsidio por incapacidad laboral, de acuerdo al monto de la última remuneración mensual que hubieren percibido.

El proyecto también otorga un bono de escolaridad no imponible, por cada hijo entre los cuatro y veinticuatro años de edad, que sea carga familiar reconocida por la ley, que se encuentre cursando estudios regulares en los niveles de enseñanza pre-básica del primer y segundo nivel de transición, educación básica o media, educación superior o especial. El monto asciende a $58.350, que será pagado en dos cuotas iguales de $29.175, cada una, la primera en marzo y la segunda en junio del año 2014.

Adicionalmente, se concede una bonificación adicional al bono de escolaridad de $24.650, por cada hijo que cause este derecho, cuando a la fecha de pago del bono los funcionarios tengan una remuneración líquida igual o inferior a $610.000. El bono de escolaridad y la bonificación adicional también se entregará a los trabajadores asistentes de la educación.

El proyecto, asimismo, fija para el 2014, en $101.650 el aporte anual para los Servicios de Bienestar, sube la bonificación de nivelación e incrementa para el año 2013, en $3.528 millones, el aporte a los establecimientos de Educación Superior que señala el artículo 2º del DFL Nº 4, de 1981, del Ministerio de Educación (este aporte incluye los recursos para otorgar los beneficios de bono de escolaridad y bonificación adicional, al personal no académico de las universidades estatales).

Sólo tendrán derecho a estos beneficios adicionales al reajuste los trabajadores cuyas remuneraciones brutas de carácter permanente en los meses que en cada caso correspondan, sean igual o inferior a $2.023.680, excluidas aquellas asignaciones asociadas a desempeño individual, colectivo o institucional.

Sector Pasivo y Normas Especiales

El proyecto concede, por una sola vez en el año 2014, a los pensionados del Instituto de Previsión Social, del Instituto de Seguridad Laboral, de las Cajas de Previsión y de las Mutualidades de Empleadores de la Ley 16.744, a los pensionados del sistema establecido en el DL Nº 3.500, de 1980, que se encuentren percibiendo pensiones mínimas con garantía estatal, pensionados del sistema establecido en dicho decreto ley que se encuentren percibiendo aporte previsional solidario de vejez, y a los beneficiarios de pensiones básicas solidarias de vejez, en las condiciones que establece el artículo 20 del presente proyecto de ley, un bono de invierno en el mes de mayo, de $51.975.

Asimismo, se consideran aguinaldos de Navidad y Fiestas Patrias para este sector de la población.

La iniciativa legal contempla también una bonificación extraordinaria para enfermeras, matronas, enfermeras-matronas y otros profesionales de colaboración médica. El beneficio, otorgado por el período de un año, a contar del 1 de enero del año 2014, una bonificación trimestral de $ 214.153.

La norma, además, establece un bono de acuerdo que se pagará por una sola vez en el mes diciembre de 2013 cuyo monto será de $200.000 para los trabajadores cuya remuneración bruta que les corresponda percibir en el mes de noviembre de 2013 sea igual o inferior a $663.500 y de $100.00, para aquellos cuya remuneración bruta supere tal cantidad y no exceda de $2.023.680.

La propuesta legal dispone asimismo un bono de vacaciones (se pagará en enero conforme al monto de su remuneración); considera un ajuste de fechas de pago de la bonificación zonas extremas, permitiendo adicionar el beneficio al sueldo; declara trabajado el periodo del permiso postnatal para efectos de cálculo y pago de remuneraciones variables asociadas a cumplimiento de metas; se establece un cronograma para hacer imponible, las bonificaciones especiales que benefician a los funcionarios de zonas extremas del país; se aplica el reajuste a las cantidades que los funcionarios perciban por concepto de planilla suplementaria (en la medida que ésta se haya originado en traspasos de personal entre instituciones adscritas a diferentes escalas de sueldos base o de modificación del sistema de remuneraciones de la institución a la cual pertenece el funcionario).

Finalmente, el proyecto contempla una simplificación del trámite administrativo; incorpora a la comuna de Cochamó a la bonificación especial que beneficia a los funcionarios que se desempeñan en zonas extremas; adelanta el monto fijado para el año 2015 de bonificación especial de zonas extremas para asistentes de la educación; fija un bono extraordinario para asistentes de la educación según evaluación; determina una asignación para profesionales de los servicios de salud; incrementa la asignación de estímulo a la función pericial médico-legal (Servicio Médico Legal); establece un bono especial para funcionarios de Aduana; fija un bono especial para funcionarios del Servicio Electoral; y modifica el plan de retiro para incorporar una nueva facultad a alcaldes en caso de haber excedentes de cupos.

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