Diputados: Sala de la Cámara inicia debate de proyecto de Nuevo Código Procesal Civil

             Diputados: Sala de la Cámara inicia debate de proyecto de Nuevo Código Procesal Civil

Publicado el 19 de diciembre del 2013

La iniciativa aborda aspectos como la oralidad e inmediación; la entrega de mayores facultades a los jueces, que tendrán un rol más activo; la simplificación de procedimientos y la modernización y tecnologización del proceso.
Con el informe de la Comisión de Constitución, entregado por el diputado Jorge Burgos (DC), se inició hoy el debate en la Sala del proyecto (boletín 8197) que establece el nuevo Código Procesal Civil, iniciativa originada en un mensaje del Ejecutivo.

El texto legal fue largamente estudiado en la Comisión de Constitución, y se espera continuar con su análisis en la Sala de la Cámara durante el mes de enero. El proyecto es la columna vertebral de la reforma pendiente en el sistema judicial chileno, que favorecerá y modernizará la forma en que los tribunales resuelven los conflictos civiles, los que ocupan cerca del 60% de las causas en los tribunales de justicia del país, como no pago de deudas, cobranzas, contratos, indemnizaciones, entre otras.

Tras la presentación del proyecto, el Ministro (s) de Justicia, Juan Ignacio Piña destacó que la propuesta de Reforma Procesal Civil tiene una clara orientación hacia mejorar sustantivamente los derechos ciudadanos en relación con la justicia civil, tanto en materias de acceso y de calidad, como de oportunidad en la resolución de los conflictos.

La iniciativa fue largamente analizada en la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia junto a connotados académicos y profesionales del derecho, y cuenta con el apoyo transversal para reformar los procedimientos civiles actuales, regulados por un código de procedimiento vigente desde el año 1903.

Principales aspectos

El nuevo Código Procesal Civil se basa en la oralidad en inmediación, asimilando lo que ya sucede en la justicia penal, de familia y laboral. Esto significa que el juez se relacionará directamente con las partes en conflicto y con las pruebas que se rindan (inmediación). Esto es un cambio fundamental, dado que hasta ahora los juicios civiles se desarrollan completamente por escrito y los jueces toman conocimiento del conflicto, las partes y la prueba a través de intermediarios.

Asimismo, el proyecto consagra un cambio en lo que se refiere al actuar y poderes del juez en el proceso, quien deberá asumir un rol mucho más activo del que hoy le está conferido.

También se contempla la simplificación de procedimientos: el proceso civil actual contempla más de veinte procedimientos en materias civiles, lo que complejiza y extiende los plazos para llegar a una resolución judicial. Con el nuevo código, éstos se reducen a sólo dos procedimientos declarativos y unos pocos especiales, lo que sumado a la incorporación de la oralidad, agilizará considerablemente los plazos.

Otro cambio fundamental tiene que ver con la ejecución: los actuales juzgados civiles se dedican mayoritariamente a cobranzas de bancos y casas comerciales, lo que se traduce en labores administrativas y no propiamente jurisdiccionales. El nuevo código establece la creación del “Oficial de Ejecución”, encargado de llevar adelante todas las actuaciones de apremio, incluido el embargo. Además, se le faculta para buscar soluciones amigables entre las partes. Actualmente, si un acreedor exige el pago de una deuda, la ley ofrece un juicio ejecutivo para hacerlo efectivo, debiéndose recurrir a un abogado y a un procedimiento que puede demorar años. Con la reforma, este oficial será el encargado de llevar adelante las gestiones para el cobro de los créditos, bajo el control permanente del juez y sin necesidad de representación judicial.

Modernización y tecnologización del proceso

El proyecto promueve el uso de herramientas tecnológicas, como carpetas y formularios electrónicos, grabación de las audiencias en audio y video, interrogatorios a distancia, digitalización de las carpetas, la posibilidad de realizar las notificaciones por correo electrónico, poniendo fin a los actuales expedientes de papel cosidos a mano.

Adicionalmente, se plantea el fin a las maniobras dilatorias, incentivando la litigación responsable, para lo cual contempla diversos mecanismos, como multas, costas, sanciones e indemnizaciones de perjuicios, para quienes recurran a dilaciones indebidas y prácticas abusivas en los procesos.

Por último, con el fin de fortalecer la sentencia dictada por el juez civil de primer grado jurisdiccional, el proyecto consagra como principio y regla general, la posibilidad de solicitar el cumplimiento y ejecución inmediata de las mismas, aun cuando existan recursos pendientes en su contra. 

Comentarios

Entradas populares de este blog

Las 3 banderas de Chile

FALLECE ROY GARBER, UNO DE LOS PROTAGONISTAS DE LA SERIE “GUERRA DE ENVÍOS” EN A&E

Falleció hija de dos años de la periodista Mónica Rincón.Clara Galdames dejó de existir en horas de esta mañana, tras llevar días internada en la UTI por problemas al corazón. La niña había presentado complicaciones físicas desde su nacimiento.