Senado: Actos que deban ser publicados en periódicos nacionales, regionales o locales, también podrían ir en medios electrónicos. Así lo dispone una iniciativa que busca ampliar la cobertura de publicación no restringiéndose a medios de comunicación impresos

Actos que deban ser publicados en periódicos nacionales, regionales o locales, también podrían ir en medios electrónicos.
Así lo dispone una iniciativa que busca ampliar la cobertura de publicación no restringiéndose a medios de comunicación impresos
Publicado el: 02/01/2014

Imagen foto_00000014La Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento continúa  analizando el proyecto de ley, emanado del Ejecutivo que se encuentra, en primer trámite constitucional y que autoriza la publicación en medios electrónicos de actos que deban ser publicados en periódicos de circulación nacional, regional o local.


La iniciativa también establece las definiciones de ‘Medio Electrónico y Sitio Electrónico’ y regula los requisitos de validez de la publicación electrónica. Además, fija un período de conservación de las publicaciones electrónicas y contempla el envío de éstas a la Biblioteca Nacional, la cual deberá
emitir copias autorizadas y electrónicas de tales publicaciones en forma gratuita.

Con ello la iniciativa busca facilitar que las publicaciones que la ley exige se hagan en diarios o periódicos de circulación nacional, regional o local, se puedan realizar mediante la publicación en medios electrónicos.

Lo anterior no solo incentiva el uso de medios electrónicos de comunicación, sino que también reduce los costos tanto para quien publica, como para quien consulta la publicación.

DIFERENCIAS ENTRE MEDIO Y SITIO ELECTRÓNICO

Cabe indicar que el proyecto define ‘Medio Electrónico’ como aquel medio de comunicación social que efectúa publicaciones en formato digital o electrónico, sin perjuicio además, de que éste efectúe publicaciones en formato impreso.

En tanto, un ‘Sitio Electrónico’ es un portal de información asociado a un dominio o subdominio de internet.

Esta iniciativa además modifica la Ley sobre Libertad de Opinión e información y Ejercicio de Periodismo, la Ley sobre Documentos Electrónicos, Firma Electrónica y Servicios de Certificación de dicha Firma.


Así como la Ley que establece las Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado y el Código de Procedimiento Civil, en materia de notificaciones.

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