Diputados: Comisión de Economía despacha proyecto que facilita uso de firma electrónica avanzada

             Comisión de Economía despacha proyecto que facilita uso de firma electrónica avanzada

Publicado el 08 de enero del 2014

El proyecto, en segundo trámite constitucional, corresponde a un mensaje del Ejecutivo, que modifica la ley N° 19.799 sobre documentos electrónicos y firma electrónica, para facilitar y fomentar el uso de la firma electrónica avanzada, tanto por parte de los particulares como de los organismos públicos.


 Dicha ley entró en vigencia el año 2002, instaurando un sistema de acreditación de firma electrónica avanzada con el objeto de implementar una red de confianza, integrada por las entidades certificadoras y la autoridad pública acreditadora, de manera de brindar a los usuarios un estímulo para efectuar transacciones a través de medios electrónicos de comunicación. 

Transcurrida una década desde su entrada en vigencia, sostiene el Ejecutivo, la firma electrónica avanzada no se ha desarrollado de la forma esperada, particularmente si se compara con el uso de Internet y de telefonía móvil. Agrega que este limitado desarrollo responde, en parte, a una serie de deficiencias e imperfecciones que contempla el actual texto legal, debido al reducido ámbito de aplicación, la falta de certeza jurídica, el limitado reconocimiento judicial de la equivalencia funcional del documento y firma electrónica.

Además, existiría duplicidad de certificación de firma en los órganos públicos, ausencia de una institucionalidad de la autoridad pública de acreditación y que la actual normativa contendría disposiciones que transgreden el principio de neutralidad tecnológica.

Añade el Ejecutivo que estas restricciones son especialmente relevantes teniendo presente el uso de nuevas tecnologías capaces otorgar altos estándares de seguridad y confianza, y que no necesariamente se traducen en dispositivos, sino que pueden basarse en datos inherentes al titular.

El proyecto (boletín 8466), aprobado por la Comisión de Economía tras un acuerdo transversal de los legisladores, amplía los potenciales actos y contratos que puedan ser otorgados o celebrados mediante documento y firma electrónica, fija un marco legal preciso en cuanto a los principios rectores de la regulación, los derechos y obligaciones de usuarios y certificadores acreditados, los procedimientos y sanciones aplicables en caso de incumplimiento, las funciones y atribuciones de la autoridad y la extensión de su rol de fiscalización.

Al respecto, la presidenta de la instancia, diputada Mónica Zalaquett (UDI) manifestó que “es un avance importante porque Chile tiene que subirse al carro de las nuevas tecnologías. Tenemos que agilizar los procedimientos, dado que hoy día las TIC´s están siendo utilizadas por un mayor número de ciudadanos”.

Agregó que básicamente el texto va a permitir utilizar diferentes instancias (huella digital, pin, etc.), para que muchos trámites que significan ir a una notaría o que implican un costo monetario, “se van a poder hacer directamente a través de los medios electrónicos”.

La iniciativa, por ejemplo, incorpora la definición de firma electrónica simple, como una figura residual de la avanzada, y establece expresamente la equivalencia del documento electrónico al documento en papel y de la firma electrónica a la manuscrita, en cuanto a su validez y efectos jurídicos.

Asimismo, extiende la aplicación del documento y firma electrónica a todo acto o contrato, salvo que la ley exija solemnidades distintas de la escrituración para la validez del acto o contrato.

También hace aplicable las reglas de los instrumentos públicos y privados a los documentos electrónicos en cuanto a sus efectos, fijando los requisitos que deben cumplir los documentos electrónicos para adquirir la calidad de instrumento público y producir sus efectos.

Adicionalmente el proyecto estipula que en todos aquellos casos en que el ordenamiento jurídico requiera que las firmas de los otorgantes de un determinado acto jurídico sean autorizadas ante notario, se entenderá cumplida dicha solemnidad, cuando el acto conste en un documento electrónico suscrito por el otorgante o las partes, según correspondiere, con firma electrónica avanzada y sellado de tiempo.

La iniciativa faculta a órganos públicos a poner a disposición del público dispositivos, software o cualquier otra tecnología de firma electrónica que permita o facilite a los particulares la realización de trámites ante el Estado.

Por su parte, la diputada Denise Pascal (PS) valoró el acuerdo que ha permitido agregar indicaciones en la mirada de hacerlo más accesible, en particular a las personas individuales y empresas menores, “que muchas veces tienen conflictos respecto a tramitaciones, certificaciones, traslados, etc., con los costos que pueden sumar a un pequeño negocio.

La legisladora también destacó que el proyecto aumente las sanciones en caso de mal uso de este instrumento.

Comentarios

Entradas populares de este blog

Las 3 banderas de Chile

FALLECE ROY GARBER, UNO DE LOS PROTAGONISTAS DE LA SERIE “GUERRA DE ENVÍOS” EN A&E

Falleció hija de dos años de la periodista Mónica Rincón.Clara Galdames dejó de existir en horas de esta mañana, tras llevar días internada en la UTI por problemas al corazón. La niña había presentado complicaciones físicas desde su nacimiento.