Diputados: Promulgan Ley del Lobby

El Presidente de la Cámara de Diputados, Edmundo Eluchans, calificó la promulgación de esta norma como un paso muy importante para la transparencia y la política de nuestro país.

“Yo creo que en los momentos que vive Chile, que vive nuestra democracia, nuestro sistema, es fundamental que tengamos una ley de Lobby”, dijo el legislador. Agregó que “la palabra Lobby está sumamente desprestigiada y la verdad es que me parece que quizás eso es injusto. La actividad del Lobby es perfectamente legítima, si se ejerce con la transparencia, con la publicidad y con el respeto que debe tenerse a las instituciones y a las personas”.

Destacó asimismo que “esta ley, en los términos en que ha sido aprobada por el Congreso Nacional, va a constituir un serio avance en esta materia. Los momentos que vive nuestra sociedad y el mundo en general hacen que este tipo de tareas, este tipo de actividades, que se desarrollan por personas y por empresas, deban ser públicas”.

Añadió que estas gestiones “deben ser conocidas por la ciudadanía, por la opinión pública”, y la ley avanza en la transparencia en el debate de estos asuntos.

A la ceremonia realizada en el Salón Montt Varas, también asistieron parlamentarios y altas autoridades encabezadas por el Primer Mandatario y el Ministro de la Secretaría General de la Presidencia, Cristián Larroulet.

En su alocución, el Ministro Larroulet destacó que a partir de ahora, todos los organismos del Estado deberán hacer pública su agenda, junto con una serie de sanciones a quienes incurran en falta de transparencia.

Por su parte, el Presidente Piñera dijo que durante 10 años se intentó regular el lobby y que se trata de una actividad legítima, más transparente y que con su promulgación, se está dando un gran paso para que el Estado vuelva a ser esa institución transparente, cercana, proba y eficiente al servicio de los ciudadanos.

En lo sustancial, en la nueva ley se establece la obligación de los sujetos pasivos - autoridades y funcionarios llamados a adoptar las decisiones- de publicar mensualmente las reuniones sostenidas con lobbistas y personas que gestionen intereses particulares que intenten influir el proceso de toma de decisión pública; los viajes que realicen en el ejercicio de sus funciones y los regalos que reciban.

También en esta ley, se establece la creación de un registro de lobbistas y gestores de interés particular y junto con ello, se fijan multas de 10 a 50 UTM para las autoridades o funcionarios que no cumplan con el deber de publicar la información o incluyan datos falsos, como también una pena del mismo monto para las personas naturales o jurídicas que soliciten reuniones y omitan o entreguen información falsa a la autoridad.

Finalmente se establece que el procedimiento de sanción, en el caso de la administración del Estado, está a cargo de la Contraloría.

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