Diputados: Comisión de Vivienda avanza en norma excepcional que regula los palafitos en Chiloé

 Comisión de Vivienda avanza en norma excepcional que regula los palafitos en Chiloé

Publicado el 21 de abril del 2014

El proyecto busca regularizar este tipo de propiedades, emplazadas en el borde costero.

    El 30% de las indicaciones presentadas al proyecto (boletín 9124) que establece facultades especiales para el otorgamiento de concesiones marítimas y regularización de palafitos en la provincia de Chiloé, fueron aprobadas en la Comisión de Vivienda el miércoles 16.

    El presidente de la instancia, diputado Fidel Espinoza (PS), dijo que según los datos que manejan, las más de 195 familias que allí habitan lo hacen con fines de carácter residencial. “Pueden estar contentos, pues las indicaciones aprobadas buscan perfeccionar el sistema, mediante derecho de concesión, que van a poseer, una vez establecida la ley”, afirmó el legislador.

    El parlamentario recordó que esta normativa es de excepcionalidad para la isla grande de Chiloé, por la peculiaridad cultural y arquitectónica de los palafitos. También se refirió a la situación que tiene complicado el avance de la votación y que dice relación con el derecho preferencial de herencia.

    El congresista explicó que la figura introducida en el proyecto en trámite permitirá, cuando fallezca el titular de la concesión, si existen herederos, que uno de ellos tenga la prioridad de inscribir la concesión del palafito para que no retorne al Estado.

    “Un heredero no solo puede ser un hijo, sino también puede ser una abuelita que ha sido la conviviente de toda la vida del titular y no se le puede dejar en la calle”, afirmó el diputado Espinoza.

    Por lo anterior, la comisión debatió el mejor mecanismo para realizar la designación, pero no llegó a acuerdo y encargó la tarea a los Ministerios de Vivienda y de Bienes Nacionales, para la próxima sesión.

    Respecto a este tema, el diputado Joaquín Tuma (PPD) señaló que “nosotros estamos planteando que debiera haber una preferencia para algún heredero y aquí viene la discusión, si es ocupante o no, para que continúe solicitando con preferencia la concesión. De tal manera, que la familia que ahí estuvo, siga ocupando la casa, pero hay que determinar quien: los que las han habitado toda la vida o los que viven lejos”.

    Por su parte la diputada Claudia Nogueira (UDI) señaló que este cuerpo legal “no viene a regularizar sino a otorgar concesión a los habitantes de los palafitos a modo de protegerlos jurídicamente, ya que hoy día no tienen ningún título de dominio que los ampare para vivir en ello y por tal motivo no pueden postular a ningún beneficio que concede el Estado para mejorar la vivienda, ampliarla, remozarla y protegerla, ya que son de interés patrimonial y turístico para el país”.

    Respecto al derecho preferente a los herederos, la legisladora sostuvo que la comisión buscó darle continuidad a las “familias” que han vivido por muchos años en esos lugares; pero que, a su juicio, en el caso de las concesiones comerciales se debería debatir más, si corresponde dar este derecho preferencial de herencia.

    El cuerpo legal establece en su articulado un plazo de concesión de 30 años para fines habitacionales y 20 para comerciales, con derecho preferencial de renovación y preceptos de caducidad de la concesión, es decir, si alguien no cumple, la autoridad marítima podrá revocarla.

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