OJO: SERNAC recuerda derechos de los consumidores en caso de terremoto

  • La institución está analizando cómo se han comportado  las empresas que prestan servicios, con el propósito resguardar la continuidad de los mismos.

En el marco de la emergencia ocurrida en la zona norte de nuestro país, el Servicio Nacional del Consumidor ha tomado conocimiento, a través de diferentes fuentes de información, de los reclamos de los habitantes de las regiones afectadas por supuestas alzas de precios de productos de primera necesidad, que no van en la línea de resguardar la transparencia de los mercados y el respeto de los derechos de los consumidores.
En este contexto, SERNAC recuerda a los consumidores que tienen derecho a conocer el precio de un producto o servicio antes de comprarlo o contratarlo y es deber de las empresas informarlo de manera oportuna y veraz para poder tomar una decisión informada.
Los derechos de los consumidores respecto al precio son:
  • Que les sean informados previamente de manera destacada y visible con los impuestos y cualquier otro concepto incluido.
  • Que esté expresado en moneda nacional.
  • Y que se le cobre el precio informado. Ni un peso más, ni uno menos.
De no respetarse estos derechos y el consumidor no pueda conocer anticipadamente el precio final, la empresa puede estar cometiendo una infracción al cobrar un precio superior al exhibido o anunciado.

En Servicios Básicos

Las empresas debe reponer el servicio lo antes posible, resguardando la continuidad de la prestación y no cobrar por el periodo de corte del suministro.

Transporte Aéreo

Sólo si por condiciones climáticas, de seguridad o fuerza mayor se suspende o atrasa un viaje, la empresa podría eximirse de responsabilidad. No obstante, es la Dirección Aeronáutica Civil quien tiene que comprobar si el atraso de debió a razones justificadas.
No obstante, ningún consumidor puede perder su pasaje. En estos casos la empresa deberá reintegrar el valor del pasaje o reagendar el viaje.

Inmobiliarias

Las empresas deben cumplir al pie de la letra con lo que señala la Ley y deben respetarcabalmente los derechos de los consumidores ante eventuales reparaciones que sea necesario realizar en las viviendas.

Servicios financieros

Las empresas deben informar de manera clara, oportuna y completa, a todos los consumidores, sobre sus planes de contingencia, especialmente en relación a las necesidades de disponibilidad de dinero  en las zonas geográficas afectadas.

Seguros

Los consumidores tienen derecho a que las condiciones relevantes de los seguros que contratan sean correctamente informadas, especialmente la cobertura, los costos,  las restricciones y qué aspectos no están cubiertos.
Un seguro es un contrato entre el consumidor y la empresa que debe respetarse. Por eso es importante que los consumidores exijan y revisen sus pólizas de seguro,
El contrato es la póliza que debe contener las reglas del juego o las condiciones relevantes del servicio como: el costo o prima, el deducible, la cobertura y especialmente las restricciones de aquello que no cubre.
Cuando una empresa no respeta lo acordado, los consumidores tienen derecho a reclamar ante el SERNAC o la institución fiscalizadora, en este caso, la Superintendencia de Valores y Seguros.
Además, las pólizas de seguros no deberían contener cláusulas abusivas que perjudiquen al consumidor, por ejemplo, aquellas que priven de todas las reparaciones o indemnizaciones al consumidor frente a determinados eventos.
En cuanto a  recintos como  supermercados o malls,  las empresas deben facilitar y no dificultar o impedir la evacuación de los consumidores poniendo a su disposición los medios adecuados, lo que incluye, por ejemplo levantar barreras y desbloquear salidas.

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