Diputados: Al Senado proyecto de nuevo Código Procesal Civil

 Diputados: Al Senado proyecto de nuevo Código Procesal Civil

Publicado el 07 de mayo del 2014

La iniciativa aborda aspectos como la oralidad e inmediación; la entrega de mayores facultades a los jueces, que tendrán un rol más activo; la simplificación de procedimientos y la modernización y tecnologización del proceso.

    La Sala de la Cámara debatió y aprobó en particular el proyecto (boletín 8197) que establece el nuevo Código Procesal Civil, iniciativa originada en un mensaje del Ejecutivo, que ahora será analizada por el Senado, en segundo trámite constitucional.

    El proyecto, informado a la Sala por el diputado Ricardo Rincón (DC), de la Comisión de Constitución, busca favorecer y modernizar la forma en que los tribunales resuelven los conflictos civiles, los que ocupan cerca del 60% de las causas en los tribunales de justicia del país, como no pago de deudas, cobranzas, contratos, indemnizaciones, entre otras.

    En la votación en particular, la Cámara rechazó el articulado concerniente al Oficial de Ejecución, cuyas funciones deberían ser abordadas en profundidad para una mejor regulación, de acuerdo a lo que solicitó el Ministro de Justicia, José Antonio Gómez.

    La iniciativa establecía que este Oficial de Ejecución estaría encargado de llevar adelante todas las actuaciones de apremio, incluido el embargo. Además, se le faculta para buscar soluciones amigables entre las partes.

    La otra materia rechazada es el recurso extraordinario, un mecanismo de la Corte Suprema similar al actual recurso de casación. Al respecto, el Ejecutivo solicitó el rechazo para perfeccionar el procedimiento que utilizará el máximo tribunal.

    Principales aspectos

    El nuevo Código Procesal Civil se basa en la oralidad en inmediación, asimilando lo que ya sucede en la justicia penal, de familia y laboral. Esto significa que el juez se relacionará directamente con las partes en conflicto y con las pruebas que se rindan (inmediación). Esto es un cambio fundamental, dado que hasta ahora los juicios civiles se desarrollan completamente por escrito y los jueces toman conocimiento del conflicto, las partes y la prueba a través de intermediarios.

    Asimismo, el proyecto consagra un cambio en lo que se refiere al actuar y poderes del juez en el proceso, quien deberá asumir un rol mucho más activo del que hoy le está conferido.

    También se contempla la simplificación de procedimientos: el proceso civil actual contempla más de veinte procedimientos en materias civiles, lo que complejiza y extiende los plazos para llegar a una resolución judicial. Con el nuevo código, éstos se reducen a sólo dos procedimientos declarativos y unos pocos especiales, lo que sumado a la incorporación de la oralidad, agilizará considerablemente los plazos.

    Modernización y tecnologización del proceso

    El proyecto promueve el uso de herramientas tecnológicas, como carpetas y formularios electrónicos, grabación de las audiencias en audio y video, interrogatorios a distancia, digitalización de las carpetas, la posibilidad de realizar las notificaciones por correo electrónico, poniendo fin a los actuales expedientes de papel cosidos a mano.

    Adicionalmente, se plantea el fin a las maniobras dilatorias, incentivando la litigación responsable, para lo cual contempla diversos mecanismos, como multas, costas, sanciones e indemnizaciones de perjuicios, para quienes recurran a dilaciones indebidas y prácticas abusivas en los procesos.

    Por último, con el fin de fortalecer la sentencia dictada por el juez civil de primer grado jurisdiccional, el proyecto consagra como principio y regla general, la posibilidad de solicitar el cumplimiento y ejecución inmediata de las mismas, aun cuando existan recursos pendientes en su contra.

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