Diputados: Cámara ratifica aumento de bono por calidad de satisfacción al usuario para funcionarios del Registro Civil

 Cámara ratifica aumento de bono por calidad de satisfacción al usuario para funcionarios del Registro Civil

Publicado el 08 de mayo del 2014

La propuesta establece que el monto anual de bonificación equivaldrá a $1.050.000, incluyendo el bono compensatorio. El texto fue enviado al Senado, a cumplir su segundo trámite constitucional.

    Por 87 votos a favor, 1 en contra y 1 abstención, la Cámara aprobó el proyecto (boletín 9288) que aumenta la bonificación por calidad de satisfacción al usuario para los funcionarios del Servicio de Registro Civil e Identificación, establecida en la ley n° 20.342.

    La iniciativa, que ahora será vista por el Senado, en segundo trámite constitucional, indica que el monto de esta bonificación fue fijado el año 2009, por lo que resulta necesario efectuar un ajuste a dicho monto, en atención al cambio de escenario que han debido enfrentar los funcionarios del Servicio de Registro Civil e Identificación durante los últimos cinco años, lo cual ha significado que éstos deban efectuar un esfuerzo adicional para poder cumplir y mantener un buen nivel en lo que respecta a la calidad de las prestaciones que otorgan a los usuarios.

    Según señala el mensaje del Ejecutivo, distintas leyes han aumentado y diversificado las funciones que corresponde desempeñar al Registro Civil. “Ello ha traído aparejado un incremento considerable del número de actuaciones que dicho Servicio debe desarrollar, tanto en relación a las personas como a sus bienes, alcanzando un volumen que supera los cuarenta millones de actuaciones al año”.

    De esta forma, el proyecto establece que el monto anual que corresponderá a cada funcionario por concepto de la bonificación será el equivalente en unidades de fomento a $1.050.000, valor que incluye el bono compensatorio. Para estos efectos, se considerará la unidad de fomento vigente al 1 de enero de 2014.

    El monto anual expresado en UF, se pagará en ocho cuotas mensuales iguales conjuntamente con las remuneraciones correspondientes a los meses de enero, febrero, abril, mayo, julio, agosto, octubre y noviembre.

    El mayor gasto que represente la aplicación de esta ley durante el año 2014 se
    financiará con cargo al presupuesto del Servicio de Registro Civil e Identificación. No obstante lo anterior, el Ministerio de Hacienda, con cargo a la partida presupuestaria del Tesoro Público, podrá suplementar dicho presupuesto en la parte del gasto que no se pudiere financiar con los referidos recursos.

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