Diputados UDI proponen prohibición de embargar o rematar bien declarado Monumento Nacional

 Diputados UDI proponen prohibición de embargar o rematar bien declarado Monumento Nacional

Publicado el 05 de mayo del 2014

La importancia que poseen nuestros monumentos nacionales, es que se deja un testimonio de nuestra cultura y tradiciones más representativas de nuestra alma nacional.

    A la Comisión de Cultura fue ingresada, a primer trámite constitucional, el martes 22 de abril, la moción que modifica ley N° 17.288 sobre Monumentos Nacionales, estableciendo beneficio de excusión, respecto del propietario de un bien declarado Monumento Nacional (boletín 9317).

    Sus autores, los diputados UDI Sergio Gahona, Javier Hernández, María José Hoffmann, Issa Kort, Joaquín Lavín, Javier Macaya, Andrea Molina, Claudia Nogueira, David Sandoval y Marisol Turres, explicaron que la idea matriz de la norma busca modificar el artículo 148 del Código Civil, para introducir la figura de “beneficio de excusión” con el objetivo de salvaguardar los elementos históricos que estén en manos de privados.

    La moción parlamentaria hace referencia a la ley 17.288, sobre Monumentos Nacionales, y establece que estos "son los lugares, ruinas, construcciones u objetos de carácter histórico o artístico; los enterratorios o cementerios u otros restos de los aborígenes, las piezas u objetos antropo-arqueológicos, paleontológicos o de formación natural, que existan bajo o sobre la superficie del territorio nacional o en la plataforma submarina de sus aguas jurisdiccionales y cuya conservación interesa a la historia, al arte o a la ciencia; los santuarios de la naturaleza; los monumentos, estatuas, columnas, pirámides, fuentes, placas, coronas, inscripciones y, en general, los objetos que estén destinados a permanecer en un sitio público, con carácter conmemorativo".

    En este contexto, los congresistas proponen que estos bienes, por ser parte de la identidad nacional, fueran sujeto del beneficio de “excusión”, para no caer en embargos y remates, cuyo objetivo es pagar las deudas de su propietario. “Resulta indigno no sólo para el dueño sino para la nación en su conjunto que tales bienes tengan aquel destino, envileciendo el valor del objeto o inmueble, sino de la cultura, que no es admisible en un país que aspira al desarrollo como el nuestro”.

    Los parlamentarios especificaron que la persona debe pagar, primeramente, con otros bienes sus obligaciones y dejar aquellos declarados monumentos nacionales como última instancia.

    Los firmantes de la moción, señalaron que la solución no es nueva en el Derecho Positivo y citaron como ejemplo, los bienes familiares, indicando que “cuando recae sobre la casa que sirve de residencia principal de la familia, se contempla esta suerte de beneficio de excusión”.

    Esta iniciativa, va en la línea con lo que el país ha promovido en los últimos años en materia de cultura, en base a la necesidad de hacer que nuestro Chile sea una nación que se reencuentre de un modo profundo con sus raíces y encontrar en ello su identidad profunda que le permita afrontar su futuro seriamente, aseguraron los diputados.

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