Reajuste del Sector Público: Los beneficios que ya fueron aprobados por el Congreso

 Reajuste del Sector Público: Los beneficios que ya fueron aprobados por el Congreso

Publicado el 03 de noviembre del 2016

La iniciativa, cuyo punto central no alcanzó acuerdo en el Parlamento, incluye la entrega de aguinaldos de Navidad y Fiestas Patrias, bonos de invierno y escolaridad y autorizaciones para la creación o modificaciones de plantas de algunos servicios. En estos artículos hubo consenso de los legisladores y ya se encuentran aprobados, salvo que la Presidenta decidiera vetar también estas materias.

    Pese al desacuerdo generado ayer en torno a algunos puntos claves del proyecto de reajuste del sector público, principalmente el porcentaje de aumento de las remuneraciones y el tope salarial para su aplicación, la iniciativa legal (boletín 10938) obtuvo igualmente la ratificación de una parte importante de sus contenidos.

    En efecto, aparte de estos dos puntos, la propuesta contempla aguinaldos de Navidad y Fiestas Patrias para los funcionarios del sector público; personal de las universidades y servicios traspasados; y para los trabajadores de establecimientos particulares de enseñanza subvencionados, de educación técnico-profesional, colaboradores del Sename, Corporaciones de Asistencia Judicial y de la Fundación de Asistencia Legal a la Familia.

    Asimismo, la iniciativa contempla la entrega, en 2017, de un bono de invierno de $59.188 para los pensionados del Instituto de Previsión Social (IPS), del Instituto de Seguridad Laboral, de las Cajas de Previsión y de las Mutualidades de Empleadores (Ley 16.744), que se encuentren percibiendo pensiones mínimas con garantía estatal, los que se encuentren percibiendo aporte previsional solidario de vejez y a los beneficiarios de pensiones básicas solidarias de vejez. Además, se consideran los respectivos aguinaldos de Navidad y Fiestas Patrias para este sector.

    Adicionalmente, el proyecto incluye la entrega de un bono de escolaridad y las ayudas complementarias a este beneficio; los aportes a los servicios de bienestar; el aporte a establecimientos de educación superior; la bonificación de nivelación y otras bonificaciones generales.

    Pero, además de estas materias que se focalizan más bien en beneficios monetarios específicos para el sector público, la iniciativa aborda otras consideraciones que también fueron aprobadas por las dos Cámaras.

    En este último contexto, se pueden mencionar una autorización para la modificación de la Planta de Personal de la Fiscalía Nacional Económica; cambios a los requisitos de ingreso y promoción de las Plantas de Profesionales y Administrativos de la Subsecretaría de Economía y Empresas de Menor Tamaño; la autorización para crear la Planta de Técnicos en la Dirección de Presupuestos; la modificación de requisitos de ingreso y promoción de la Planta de Profesionales del Consejo de Defensa del Estado; el perfeccionamiento de las leyes sobre incentivo al retiro; el otorgamiento de una asignación por desempeño en condiciones difíciles al personal asistente de la educación; y la entrega de una facultad al director nacional del Instituto Nacional de Propiedad Industrial para crear un Plan Piloto de Teletrabajo, entre otros.

    Escenario del reajuste

    Luego que la Comisión Mixta no llegara a acuerdo, se procedió a notificar a la Presidenta de la República. La Mandataria podía hacer uso de la facultad constitucional de solicitar a la Cámara de Diputados que considerara nuevamente el proyecto aprobado en segundo trámite por el Senado.

    Este procedimiento, conocido como "insistencia" fue descartado por la Mandataria, según comunicó esta mañana, por lo que el proyecto fue remitido para su promulgación, constando en él solo aquellas materias en que no hubo discrepancias entre ambas Corporaciones.

    Respecto de los puntos no aprobados por el Parlamento, la Presidenta Michelle Bachelet puede apelar a su derecho constitucional (artículo 73) de devolver el proyecto a la Cámara de origen con observaciones (veto), dentro del término de treinta días.

    Para este último evento, la Constitución establece dos escenarios posibles:

    1. Si las dos Cámaras aprueban las observaciones, el proyecto tendrá fuerza de ley y se devolverá al Presidente para su promulgación.

    2. Si las dos Cámaras desechan todas o algunas de las observaciones e insisten por los dos tercios de sus miembros presentes en la totalidad o parte del proyecto aprobado por ellas, se devolverá al Presidente para su promulgación.

    Cabe mencionar que el veto puede tener tres características:

    1. Supresivo: elimina normas o partes de ellas.
    2. Aditivo: agrega una materia no considerada en el proyecto aprobado, pero que esté incluido dentro de sus ideas matrices o fundamentales.
    3. Restitutivo: reincorpora alguna materia considerada originalmente, pero que no logró la aprobación del Congreso Nacional.


Fuente: Cámara de Diputados

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