Diputados: Aprueban en general rebaja en quórum de propietarios para solicitar el cierre de pasajes

 Diputados: Aprueban en general rebaja en quórum de propietarios para solicitar el cierre de pasajes

Publicado el 16 de marzo del 2017

La propuesta legal, que retornó a la Comisión de Gobierno Interior para el análisis de las indicaciones, dispone que el cierre de pasajes, calles o conjuntos habitacionales deberá ser aprobado por la mayoría simple de los copropietarios. Actualmente, se exige un acuerdo del 90%.


    La Cámara de Diputados aprobó la idea de legislar sobre el proyecto que modifica la Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades, respecto del quórum de propietarios que se exige para proceder al cierre o medidas de control de acceso a calles y pasajes (boletín 10363).

    El texto legal disminuye a la mayoría simple el porcentaje de propietarios de inmuebles que se requiere para solicitar el cierre de pasajes, calles o conjuntos habitacionales urbanos o rurales.

    En segundo lugar, se aumenta de 50% a 70% la exigencia de quórum de solicitud de los propietarios para que la municipalidad pueda revocar la autorización que haya otorgado en tal sentido.

    El proyecto de ley, iniciado en una moción de los diputados Loreto Carvajal (PPD), Cristina Girardi (PPD), Marcela Hernando (PRSD), Alejandra Sepúlveda (MIRAS), Sergio Aguiló (IC), Claudio Arriagada (DC), Felipe Letelier (PPD), Roberto Poblete (Ind), Luis Rocafull (PS) y Marcelo Schilling (PS), retornó a la Comisión de Gobierno Interior, para el análisis de su articulado.

    Dilación injustificada de audiencias

    Adicionalmente, la Sala de la Cámara ratificó este jueves la propuesta de la Comisión Mixta para el proyecto (boletín 9152) que modifica el Código Procesal Penal, para evitar la dilación injustificada de las audiencias en el juicio penal.

    El texto corresponde a una moción de los senadores Alberto Espina y José García, que durante su paso por la Cámara recibió enmiendas, manteniendo solamente el procedimiento ante la falta de comparecencia del fiscal.

    La propuesta de Mixta establece, respecto a la cautela de garantía del imputado, que si se suspende el proceso, debe ser por el menor tiempo posible; asimismo, se aplicará la regla general para sancionar a un abogado defensor que no asista a una audiencia, o se ausente en algún lapso de ésta. Es decir, el juez podrá prohibirle ejercer la profesión entre 15 y 60 días.

    Además se establece que el abogado defensor no podrá renunciar a la representación del imputado dentro de los 10 días anteriores al inicio del juicio, salvo que tenga una razón justificada que deberá probar ante el juez.

    Por último, se regula la inasistencia o abandono injustificado de las audiencias del juicio oral del fiscal, en cuyo caso el juez llamará a otro representante del Ministerio Público e informará de la situación fiscal regional respectivo.

Comentarios

Entradas populares de este blog

Las 3 banderas de Chile

FALLECE ROY GARBER, UNO DE LOS PROTAGONISTAS DE LA SERIE “GUERRA DE ENVÍOS” EN A&E

Falleció hija de dos años de la periodista Mónica Rincón.Clara Galdames dejó de existir en horas de esta mañana, tras llevar días internada en la UTI por problemas al corazón. La niña había presentado complicaciones físicas desde su nacimiento.