SENADO: Sepa en qué consiste el nuevo marco regulatorio que apunta a evitar abusos e irregularidades en los mercados de capitales

Sepa en qué consiste el nuevo marco regulatorio que apunta a evitar abusos e irregularidades en los mercados de capitales
La Comisión de Hacienda aprobó legislar sobre la iniciativa que perfecciona la actual marco regulatorio de los mercados de valores y ahora la Sala se pronunciará sobre el texto legal.
Publicado el: 14/05/2017
Imagen foto_00000015Con el fin de evitar casos emblemáticos de irregularidades en el mercado de capitales, tales como: uso de información privilegiada; abusos en contra de los accionistas minoritarios y la entrega de información maliciosamente falsa al directorio y al mercado, así como las temidas estafas piramidales, la Sala se pronunciará en general sobre el proyecto que establece un nuevo marco regulatorio al sector. (Boletín N° 10.162-05)

La iniciativa llega con el informe favorable de la Comisión de Hacienda que respaldó legislar sobre la propuesta que modifica las leyes N° 18.045, de Mercado de Valores, y N° 18.046, sobre Sociedades Anónimas, con el propósito de perfeccionar el marco regulatorio vigente para sancionar conductas abusivas, brindar mayor protección a los accionistas minoritarios y a los inversionistas, clarificar las responsabilidades de los auditores externos y fortalecer el rol de Supervisión de la Superintendencia de Valores y Seguros.

Al respecto, el senador Carlos Montes, presidente de la Comisión de Hacienda, destacó que la Comisión escuchó el informe que realizó el Ministro de la cartera, en el sentido de analizar cuál era la magnitud, la orientación y distribución del mercado de valores así como el mecanismo de control y fiscalización”.

Durante el debate también se “revisaron aspectos como la actualización del valor de los instrumentos y cómo se aseguraba que había fiscalización apropiada y los  instrumentos que iban a operar”, dijo el senador Montes

PRINCIPALES CONTENIDOS

El proyecto de ley, iniciado en Mensaje, tiene por finalidad perfeccionar la transparencia en el funcionamiento de los mercados, fortaleciendo su marco regulatorio en el sentido que permita una competencia más leal y ética, en los que no existan abusos por parte de sus participantes, logrando así una mayor confianza en los mercados.

- Facilita la actuación, dentro del mercado de valores, de aquellas instituciones que participan activamente proveyendo liquidez en el mismo (bancos, bancos de inversión), -conocidos como “market makers”-, permitiéndose la realización de actividades de estabilización de precios en valores siempre que éstas se ajusten a las reglas de carácter general que imparta la Superintendencia SVS (Comisión para el Mercado Financiero CMF, a partir del próximo año), eliminándose la restricción de que estas actividades sólo podían tener por finalidad, la de llevar adelante una oferta pública de valores nuevos o de valores anteriormente emitidos, pero que no habían sido objeto de oferta pública.

- Refuerza la responsabilidad de los órganos de administración de las empresas y de la Superintendencia (o CMF) frente a situaciones que generen perjuicio al mercado o a los inversionistas, incorporando dentro de los supuestos que pueden ser sancionados con presidio, la entrega de información maliciosamente falsa al directorio u órgano de administración de un emisor de valores de oferta pública o a una empresa de auditoría externa o clasificadora de riesgo, por parte de los directores, administradores, gerentes o ejecutivos principales de ese emisor.

- Dispone que la pena de presidio siempre se aumentará en un grado, cuando el delito de difusión de información falsa o tendenciosa que tenga por objeto inducir a error en el mercado de valores, sea cometido por parte de quienes se desempeñan en la Superintendencia (o CMF) o en alguna de las entidades fiscalizadas por ella, sin que sea necesario que dichos funcionarios tenga manejo de información privilegiada.

- Extiende a directores y ejecutivos principales la pena de presidio por permitir oferta pública de valores en caso de insolvencia de la empresa que administran.

- Impone la obligación, a quienes realicen recomendaciones de inversión, de otorgar la información respecto a los conflictos de interés que puedan tener, así como sus conocimientos o experiencia en temas de inversión, lo que deberá sujetarse a las reglas que, mediante norma de carácter general, establezca la CMF.

- Se incorpora, dentro de las hipótesis susceptibles de ser sancionadas con presidio, a quienes actuaren en forma encubierta como empresa de auditoría externa, sin registrarse o bajo una inscripción suspendida o cancelada y a los socios y administradores de empresas de auditoría externa que revelen información reservada de las empresas que auditan.

- Endurece las sanciones cuando se trate de operaciones de valores entre partes relacionadas, incorporando los cambios pertinentes en la ley de sociedades anónimas.

- Otorga mayor protección a los accionistas minoritarios y a los inversionistas, disponiéndose, entre otras medidas, el derecho a retiro en caso de aprobarse, por parte de la junta de accionistas, operaciones con partes relacionadas que estimen lesivas para sus intereses, a la vez que modifica la regulación relativa a la política de operaciones habituales, fortaleciéndose la disponibilidad de dicha información respecto de los accionistas minoritarios.

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