Diputados aprueban nueva regulación para el manejo del tendido de cables aéreos

 Diputados aprueban nueva regulación para el manejo del tendido de cables aéreos

Publicado el 02 de agosto del 2017

La norma, que ahora será analizada en el Senado, obliga a las concesionarias de telecomunicaciones a retirar los cables en desuso. Si no lo hacen, las municipalidades podrán hacerlo con cargo a las empresas.



    Unánime respaldo recibió el proyecto (boletín 9511) que modifica ley N° 18.168, General de Telecomunicaciones, para regular el tendido de cables aéreos. La propuesta define que las instalaciones de redes de servicios de telecomunicaciones, tales como líneas, cables, anclajes, tirantes, cajas de control, acometidas y todo otro elemento perteneciente a la red que no se encuentren en funcionamiento deberán ser retirados de la vía pública por los respectivos concesionarios en el plazo de tres meses, desde que hayan dejado de prestar utilidad.

    El proyecto, que modifica la Ley 18.168, General de Telecomunicaciones, define concretamente que “las instalaciones de redes de servicios de telecomunicaciones, tales como líneas, cables, anclajes, tirantes, cajas de control, acometidas y todo otro elemento perteneciente a la red que no se encuentren en funcionamiento deberán ser retirados de la vía pública por los respectivos concesionarios en el plazo de tres meses desde que hubieren dejado de prestar utilidad".

    Además, establece que, en el caso de incumplimiento de esta disposición, "las municipalidades podrán retirar estos elementos a costa del respectivo concesionario" y su cobro se regirá por el procedimiento establecido la Ley de Rentas Municipales (art. 47).

    Asimismo, se determina que las empresas distribuidoras de energía eléctrica deberán, a solicitud de la municipalidad correspondiente a su área de concesión, informar acerca de los apoyos de servicios de telecomunicaciones, desagregados por empresa, con la finalidad de contar con la información para hacer aplicable lo establecido en el inciso anterior.

    La infracción será sancionada por el Juez de Policía Local competente con una multa de 100 a 1000 unidades tributarias mensuales a beneficio municipal.

    La iniciativa, que ahora será vista por el Senado, en segundo trámite constitucional, nació de una moción presentada por los diputados Joaquín Godoy (Ind), Daniel Melo (PS), Fernando Meza (PRSD), Andrea Molina (UDI), Leopoldo Pérez (RN), Jorge Rathgeb (RN), David Sandoval (UDI), Jorge Ulloa (UDI) y Osvaldo Urrutia (UDI).

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