SERNAC demanda al Canal del Fútbol por caída de señal “Estadio CDF”

El Servicio Nacional del Consumidor presentó una demanda colectiva en contra de la empresa Servicios de Televisión Canal de Fútbol Limitada (CDF), tras las fallas en la transmisión de la señal “Estadio CDF”, ocurrida el sábado 4 de marzo de este año, con ocasión del partido de fútbol entre los clubes Colo-Colo y Universidad Católica.
En su oportunidad, el SERNAC recibió 271 reclamos de consumidores que no pudieron acceder a la señal de streaming de CDF, y ver el encuentro deportivo, correspondiente a la quinta fecha del Torneo de Clausura, debido a fallas en dicho servicio de suscripción online.
La empresa CDF infringió la Ley de Protección de los Derechos del Consumidor al incumplir las condiciones ofrecidas, convenidas y contratadas, sobre un servicio por el cual los consumidores pagaron un derecho de conexión e incorporación, causando perjuicios a los consumidores con su actuar negligente.
Cabe recordar que tras la caída de la señal, el SERNAC ofició a la empresa solicitando información respecto a diversos puntos, tales como: su versión del problema; el número de reclamos recibidos debido a la caída o suspensión del servicioinformación respecto de los términos, condiciones y/o modalidades de contratación del servicio; el o los mecanismos dispuestos para resarcir los eventuales perjuicios sufridos por los consumidores y el plazo de implementación, entre otros.
Tras el análisis de los antecedentes entregados por la empresa, el SERNAC inició, junto a CDF, una mediación colectiva, acción extrajudicial y voluntaria que tenía por objeto alcanzar una solución satisfactoria para los consumidores afectados por la falla en el servicio; solución que no pudo ser obtenida, pues la empresa no estuvo disponible para entregar una propuesta suficiente para el total de consumidores perjudicados.
Por ello, el Servicio busca con esta demanda colectiva que todos los consumidores que se vieron afectados por este problema sean adecuadamente compensados y que la justicia le aplique a la empresa las multas correspondientes por su falta a la Ley de Protección de los Derechos de los Consumidores.
El Director Nacional del SERNAC, Ernesto Muñoz, explicó que “la empresa ha infringido los derechos de los consumidores, al no cumplir con el servicio contratado. En la oportunidad, la caída de la señal, impidió que los usuarios pudieran ver el partido a través de un servicio que tenían contratado, por lo que la empresa debe compensar a los afectados adecuadamente”.

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