Cámara de Diputados despachó proyecto que perfecciona Ley de regularización de la pequeña propiedad raíz

 Cámara de Diputados despachó proyecto que perfecciona Ley de regularización de la pequeña propiedad raíz

Publicado el 13 de agosto del 2018

La propuesta legal, que viene a resguardar los derechos de terceros en relación a la regularización de pequeñas propiedades, fue enviada a consideración del Ejecutivo tras ratificarse el informe de la Comisión Mixta que resolvió las diferencias entre la Cámara de Diputados y el Senado.

    Establecer los resguardos necesarios para evitar que quienes tienen legítimos derechos respecto de un inmueble resulten perjudicados si es regularizado por otra persona es el objetivo del proyecto (boletín 10802) despachado hoy al Ejecutivo por la Cámara de Diputados.

    El Ejecutivo explicó que el Decreto Ley 2.695, de 1979, que fija normas para regularizar la posesión de la pequeña propiedad raíz y para la constitución del dominio sobre ella, desde su entrada en vigencia, ha mostrado inconvenientes en su aplicación, quedando en evidencia el ánimo defraudatorio con que algunas personas han intentado regularizar posesiones de inmuebles.

    En dicho plano, se sostuvo que la presente propuesta tiene por finalidad evitar que el decreto ley en análisis sea empleado como subterfugio para regularizar propiedades en contravención a la normativa vigente, como han sido los casos de intentos de saneamiento por parte de tenedores que han obtenido la posesión de derechos de predios indivisibles, porque su metraje era inferior al permitido por la legislación actual.

    La discusión de la iniciativa se abordó sobre la base del informe de la Comisión Mixta, aprobado por 127 votos a favor, dos en contra y cinco abstenciones, que vino a superar las discrepancias entre la Cámara de Diputados y el Senado en torno a varias materias contempladas en el texto legal.

    El informe de la citada Comisión ratificó el planteamiento de la Cámara de eliminar una limitante definida por el Senado que impedía a los solicitantes de la regularización agregar a su posesión la de sus antecesores. En la misma línea, se mantuvo una disposición en la Ley que refiere a la vigencia de las hipotecas y gravámenes constituidas por el mismo solicitante o por algún antecesor cuya posesión legal o material se hubiese agregado a la suya.

    También fue ratificada una norma de la Cámara y perfeccionada en la Mixta relativa a los procedimientos para efectuar el trámite de regularización. El texto establece que, en las áreas urbanas y rurales, se deberá acompañar un certificado de informaciones previas con fines de regularización, emitido por la dirección de obras municipales correspondiente, o por quien en subsidio cumpla esa función, que contenga las condiciones aplicables al predio respectivo. El certificado deberá tenerse en consideración al aprobar o rechazar la solicitud de regularización.

    Se rechazan, en cambio, dos normas de la Cámara que establecían ciertas condicionantes para la definición de los nuevos sitios o lotes resultantes de la regularización de una parte de un inmueble inscrito de mayor extensión.

    También se acordó avanzar en dos normas propuestas por los diputados y perfeccionada en la Mixta. La primera establece que los poseedores de inmuebles inscritos con arreglo a esta ley no podrán gravarlos durante el plazo de dos años, contado desde la fecha de la inscripción. Para enajenarlos, el plazo será de cinco años, contado desde la misma fecha.

    Luego, se indica que los conservadores de bienes raíces deberán inscribir de oficio estas prohibiciones, las que quedarán canceladas, por el solo ministerio de la ley, una vez transcurridos los plazos recién mencionados. Vencidos estos últimos, dichos funcionarios deberán alzarlas de oficio, sin necesidad de requerimiento de parte interesada.

    Finalmente, la recomendación de la Comisión Mixta es no innovar en cuanto a los plazos (cinco años, contados desde la fecha de la inscripción) y procedimientos para que realicen acciones solicitando compensación en dinero terceros que acrediten dominio sobre todo el inmueble o una parte de él y que no hayan ejercido oportunamente una reclamación, así como los que pretendan derechos de comunero sobre el mismo o ser titulares de algún derecho real que los afecte.


    Historial

        El proyecto tuvo su origen en una propuesta presentada por un grupo de senadores en julio de 2016.
        Fue despachada en marzo de 2017 por el Senado, en tanto que la Cámara le dio su aprobación en septiembre de 2017, con algunos cambios que no fueron aceptados y que motivó la constitución de la Comisión Mixta encargada de resolver las diferencias
        La Comisión Mixta concluyó su trabajo en octubre de 2017.
        El informe de la Comisión Mixta fue aprobado por el Senado el 7 de agosto recién pasado y hoy se sumó la Cámara de Diputados, finalizando con ello el trámite de la iniciativa en el Congreso Nacional.

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