Diputados: A la Sala proyecto que aliviana la deuda asociada a los préstamos solidarios para transportistas
A la Sala proyecto que aliviana la deuda asociada a los préstamos solidarios para transportistas
De forma unánime, la Comisión de Hacienda aprobó el proyecto que otorga convenios de hasta 36 meses para el pago de estos préstamos solidarios.
Comisión de Hacienda
La Comisión de Hacienda despachó a la Sala el proyecto (boletín 16218) que aliviana la deuda asociada a los préstamos solidarios para transportistas.
Recordar que dichos préstamos están contemplados en las leyes de reactivación y protección. Específicamente, apunta a la Ley que establece Medidas Tributarias que forman parte del Plan de Emergencia para la Reactivación Económica y del Empleo en un Marco de Convergencia Fiscal de Mediano Plazo. Asimismo, aquella que Establece un nuevo Bono Clase Media y un Bono Solidario para la Protección de los Ingresos de la Clase Media.
La propuesta determina que, por un período de seis meses, la Tesorería General de la República, podrá otorgar convenios de hasta 36 meses para el pago. Esto podrá darse en cuotas periódicas, mensuales y sucesivas.
A la fecha de suscripción del convenio, el Servicio de Tesorería convertirá la deuda o el saldo remanente de pago, de unidades de fomento a pesos. Además, no generarán reajustes, intereses ni multas mientras el deudor se encuentre cumpliendo y mantenga vigente dicho saldo.
Antecedentes
La iniciativa del Ejecutivo determina que pueden optar a este beneficio todos los contribuyentes beneficiados por las leyes mencionadas. En concreto, el beneficio estará dirigido a quienes tengan o no convenios de pago vigentes o se encuentren parcial o totalmente incumplidos.
En caso de que los convenios queden sin efecto por falta de cumplimiento, las deudas se fijarán nuevamente en unidades de fomento a la fecha de la caducidad del convenio.
La norma explica que esto se dará para efectos de su recaudación y cobro, pero no generará otros recargos legales. La Tesorería General de la República, en representación del Fisco, estará facultada para realizar las acciones de cobranza judicial y extrajudicial.
Comentarios