El Senado cumple 212 años tras la promulgación de la primera Constitución que rigió el país

 


El Senado cumple 212 años tras la promulgación de la primera Constitución que rigió el país



Tras la redacción del Reglamento Constitucional de Carrera, a fines de octubre de 1812 se realizó una inédita consulta pública. Siete senadores formaron parte de el primer Senado que, entre otras materias, aprobó la primera ley de libertad de Prensa, la de instrucción primaria, la de policías y la dictada a favor de los indios.


Querido amigo:


"Creo haber tenido el placer de informar a usted antes de ahora que Chile se había declarado independiente, aunque no ha habido tal. Se ha dictado una Constitución provisoria, que encierra todos los principios liberales, pero en la que se reconoce la soberanía del rey. Se dice que esta medida es necesaria por el momento, hasta que puedan conseguir de fuera las armas de que carecen, y que enseguida se declararán exentos de toda sujeción a la corona de España"…


(Samuel Burr Johnston, “En aquel país". Aventuras de un tipógrafo yanqui en Chile 1811- 1814, traducido por José Toribio Merino.

 


Así describe en su estilo epistolar, el primer tipógrafo norteamericano que visitó Chile en aquellos años de la independencia, la ratificación del inédito Reglamento Constitucional que tuvo Chile y que dio origen al primer Senado. 


Las firmas de Johnston y de su coterráneo Simon Garrison quedaron grabadas en los primeros ejemplares del inédito texto constitucional, pues estos eran los técnicos encargados de operar la primera imprenta que llegó al país para apoyar a los insurgentes chilenos en el contexto de la Patria Vieja. La imprenta atravesó las turbulentas aguas del Estrecho de Magallanes y fue instalada, bajo auspicio del gobierno, en el edificio de la Universidad de San Felipe. Inmediatamente, Johnston -al parecer el más experimentado gerente de la empresa- formó parte de la edición de los periódicos La Aurora de Chile y luego de El Monitor Araucano.


En un estilo desprejuiciado y con la mirada de un observador externo, el tipógrafo Johnston narró luego en sus memorias plasmadas en el libro, el acontecer político y la situación social del país, convirtiéndose así en un valioso documento histórico que devela además “tenebrosas conspiraciones” que acecharon a los patriotas y describe “la pompa y solemnidad” de la instalación del primer Senado. 


El incipiente texto constitucional fue fraguado por un puñado de patriotas encabezados por José Miguel Carrera, Fray Camilo Henríquez, Francisco de la Lastra, el doctor en derecho de origen boliviano, Jaime Zudáñez; el intelectual guatemalteco, José de Irrisari y los abogados Francisco Antonio Pérez e Hipólito Villegas, entre otros.


El selecto grupo de patriotas se daba cita, algunas noches, en la residencia del cónsul J. R. Poinsett y una vez concluido y revisado el texto de ese inédito Reglamento Constitucional (considerado la primera Constitución que tuvo el país), Carrera decidió darle una connotación especial promoviendo que los electores (vecinos de Santiago) lo aprobaran en un inédito plebiscito.


"Para tal cometido se dispuso un libro por tres días, entre el 27 y 30 de octubre, en una de las salas del Antiguo Tribunal del Consulado (ubicado entre Compañía y Bandera en los actuales Tribunales de Justicia).


Los firmantes fueron 315 pobladores, todos de Santiago que por entonces no superaba los 80 mil habitantes. No obstante, algunos importantes patriotas se negaron a firmarlo, tales como, Manuel de Salas y Agustín Vial".

 


Primer Reglamento constitucional

El texto promulgado el día 31 de octubre de 1812 constaba de un preámbulo y 27 artículos. 


En el artículo 3° y 7° se establecía:


"Artículo 3°. Su Rey es Fernando VII que aceptará nuestra Constitución del modo mismo que la de la Península".


"Artículo 7º. Habrá un Senado compuesto de siete individuos, de los cuales el uno será presidente, turnándose por cuatrimestres, y otro secretario. Se renovará cada tres años, en la misma forma que los vocales de la Junta. Sin su dictamen no podrá el gobierno resolver en los grandes negocios que interesen la seguridad de la patria, y siempre que lo intente, ningún ciudadano armado o de cualquiera clase deberá auxiliarlo ni obedecerle, y el que contraviniese será tratado como reo de Estado. Serán reelegibles."


El reglamento también estableció una Junta Superior Gubernativa, que tendría a su cargo el gobierno interior y las relaciones con otros estados y estaría compuesta de tres miembros. Su mandato era por tres años, renovándose uno al final de cada año. Dichos miembros se turnarían en la presidencia de la junta por cuatrimestres y, no podían ser reelegidos hasta pasados los tres años.


El eclesiástico y doctor en Teología de la Universidad de San Felipe, Pedro De Vivar y Azúa, fue elegido su primer presidente mientras que, los otros integrantes fueron: el fundador de La Aurora de Chile, Fray Camilo Henríquez; el sabio jurista, Juan Egaña; el ex regidor y alcalde, José Nicolás de la Cerda; el ex diputado Francisco Ruiz Tagle; el joven abogado Manuel Antonio Araoz Carrera y el secretario de la Primera Junta de Gobierno, José Gaspar Marín, titulares. Además de los suplentes: Ramón Errázuriz, Joaquín Gandarillas y Joaquín Echeverría.


Todos sus integrantes reunían un peso intelectual, económico y social muy significativo. 

 


LABOR DEL PRIMER SENADO

Este cuerpo legislativo que surgió tras el primer Congreso de 1811 funcionó en el edificio del antiguo Tribunal del Consulado, ubicado en la esquina surponiente de las calles Compañía y Bandera (actuales Tribunales de Justicia frente a los jardines del ex Congreso en la capital).


A su estructura física se sumó una estructura interna y las primeras reglas administrativas de su funcionamiento como, por ejemplo: "reunirse dos veces a la semana ordinariamente y en forma extraordinaria cuando se requiriese; llevar diarios o actas de las reuniones y nombrar a uno de sus miembros como presidente y, a otro como secretario".


En el discurso de la sesión de apertura, don Pedro De Vivar y Azúa, -declarado independentista-, hizo una sentida reflexión sobre los deberes y proyecciones de este cuerpo legislativo. "El honor que nos confiere la patria está unido a grandes deberes, reposando en nosotros las esperanzas de un pueblo libre y virtuoso, debiendo entender en sus asuntos más graves y arduos"... "Dichosos si, como somos los primeros en este cargo componiendo aquí el primer Senado, nombre gratísimo a los pueblos pudiese nuestra conducta y utilidad corresponder a la expectación pública y ser el ejemplo de nuestros sucesores y mereciésemos que nos citase por modelo la posteridad". (Cuerpos Legislativos, recopilación de documentos sobre el Congreso Nacional organizada por Valentín Letelier)


Esta incipiente institución republicana aprobó y sancionó varias resoluciones y leyes trascendentales de la Junta, incluso en plena Guerra de Independencia, entre las que se cuentan:


La ley de libertad de prensa, que reemplazó un controvertido decreto de censura previa y que dejaba "al cuidado del Senado" su cumplimiento.

La ley de instrucción primaria, texto legal inédito que hacía obligatorio "para todo pueblo de cincuenta vecinos o más" mantener una escuela de primeras letras costeada por los propios recursos municipales del lugar. Se disponía además que el maestro debía cumplir una serie de requisitos y rendir un examen de idoneidad, a cambio sería ser mirado con toda consideración y honor y el Gobierno le dispensaría "particular protección".

Se aprobó también la creación de la primera Biblioteca Pública iniciada con el fondo de 5 mil libros de la Universidad de San Felipe y del Instituto Nacional.

Se dictó la ley de policías y la de tribunales militares. Hasta ese entonces, la Capitanía de Chile contaba con la Compañía de Dragones de la Reina, destacamento creado en plena colonia y que efectuaba patrullajes diurnos y nocturnos por la ciudad, a pie y a caballo; además de montar guardia en el palacio de gobierno y en todos los edificios públicos protegiendo a sus autoridades. Además, del Batallón de Los Pardos, quienes realizaban funciones municipales, vigilancia de detenidos y control del orden público, en reemplazo de los Dragones de la Reina cuando éstos salían de la guarnición (fines de semana).

La ley de indios que apuntaba a civilizarlos mediante su reducción a villas formales con iglesias o capillas, casa consistorial, escuela y cárcel. Le otorgaba a cada familia una vivienda de quincha o rancho con cocina y despensa todo bien aseado, bueyes, instrumentos de labranza, semillas, telar, etc. Las tierras de indígenas serían comercializadas libremente y en las villas podrían convivir y mezclarse los naturales y los españoles.

Asimismo, se otorgó a José Miguel Carrera plenos poderes para dirigir las operaciones militares.

 


FUENTES Y FOTOGRAFÍAS

Samuel Burr Johnston, “En aquel país. Aventuras de un tipógrafo yanqui en Chile 1811- 1814, traducido por José Toribio Merino. Editorial Planeta.


Biblioteca del Congreso Nacional


Primer Reglamento Constitucional


Memoria Chilena


Archivo del Senado


Fuente: Senado de Chile 

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