SERNAC informa DERECHOS DE LOS CONSUMIDORES EN SEMANA SANTA
SERNAC informa
DERECHOS DE LOS
CONSUMIDORES EN SEMANA SANTA
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SERNAC
Región de Los Lagos recuerda a los consumidores la importancia de comprar
productos o contratar servicios en el comercio establecido.
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También
insiste en que los derechos de los pasajeros de buses y aviones deben ser
conocidos y respetados.
El domingo 13 de abril comenzó la
Semana Santa y con ella muchas actividades tradicionales como la compra de
figuras de chocolates y los viajes aéreos y terrestres para reunirse con la
familia o descansar de la rutina.
En
este contexto, la Directora Regional de SERNAC Los Lagos, Fernanda Gajardo
Manríquez, recalcó que la Ley del Consumidor tiene
entre los derechos protegidos la seguridad en el consumo y el respeto a lo
promocionado. Esto implica que las empresas están obligadas a cumplir con
distintas normas en la venta de alimentos y en los servicios de transporte, por
lo que es fundamental que los consumidores compren productos o contraten
servicios sólo en el comercio establecido, exigiendo siempre la entrega de la
boleta.
Además -señaló la Directora
Regional- la ley establece que las
empresas deben informar veraz y oportunamente las condiciones de su oferta, es
decir, el precio y las características
del producto o servicio, entre otros.
DERECHOS Y RECOMENDACIONES:
Sobre la compra
de huevitos de chocolate
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SERNAC insiste en que los adultos deben comprar todo tipo
de alimentos, incluyendo caramelos y chocolates en el comercio establecido, a
fin de que sepan el origen de lo que ingieren los niños.
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La recomendación es leer previamente el rotulado y
etiquetado para conocer su fecha de vencimiento y los ingredientes.
Derechos
al viajar
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Los consumidores tienen derecho a conocer el costo final
de cualquier servicio de transporte o
establecimiento turístico, de manera que el precio informado se respete
y ni surjan cobros posteriores a la contratación .
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Las empresas deben respetar y cumplir todo lo ofrecido a
través de la publicidad, folletos, afiches, promociones, avisos en prensa o
sitios web.
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En caso de contratar un servicio a través de una agencia
de turismo (virtual o física), éstas deben responder directamente frente al
consumidor, aunque hayan actuado como intermediarias de otras empresas. Es
importante, en este aspecto, revisar con cuidado quiénes son los proveedores y
ver en internet si hay reclamos previos.
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Si compra o contrata por un aviso que está en una red
social, antes de efectuar cualquier pago, debe investigar si tal proveedor
existe y si los datos que comparte son verídicos. Recuerde: la existencia de un
sitio web o un perfil de Instagram o facebook no es antecedente suficiente.
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Si van a viajar en
un bus interurbano, los consumidores tienen derecho a recibir un servicio de
calidad, lo que implica, ser transportados en óptimas condiciones técnicas,
sanitarias, con los cinturones de seguridad de los pasajeros en buen estado y
con asientos apropiados y limpios.
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En aquellos casos
en que el pasajero se ve impedido de viajar por motivos médicos, la persona
consumidora puede modificar la fecha del viaje, o solicitar la devolución del
total del monto pagado, si cumple con los requisitos dispuestos en el Código
Aeronáutico.
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Para los vuelos que se realicen en Chile, el pasajero
podrá ceder su pasaje aéreo a otra persona, para que esta última utilice el
servicio, sin ninguna clase de costo asociado.
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En caso de pérdida o daño en el equipaje, según el artículo 148 del Código Aeronáutico dispone que los
usuarios tienen derecho a ser indemnizados con un monto de 40 UF, esto es casi
un millón 600 mil pesos por cada pasajero, independiente del número de maletas.
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Las compañías deben informar adecuadamente el valor de los
pasajes, respetar las condiciones ofrecidas y acordadas, por ejemplo, el
horario de las salidas de los vuelos, el servicio a bordo ofrecido, entre
otros.
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Si por condiciones climáticas, de seguridad o fuerza mayor
se suspende o se atrasa un viaje, el pasajero tiene derecho a seguir con el
viaje con la demora prevista, anular el pasaje o acordar con la aerolínea el
cambio de la fecha del vuelo, o cambiar de línea aérea bajo las mismas
condiciones contratadas u otras que se pacten de común acuerdo.
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Cuando se produce un retraso o cancelación de un vuelo por
responsabilidad de la aerolínea, los consumidores pueden exigir el reembolso
del valor del pasaje pagado o embarcarse en el primer vuelo disponible, así
como los derechos de asistencia al pasajero, como alimentación, estadía u
hotel, llamadas telefónicas, movilización, entre otras. El requisito es que el
siguiente vuelo demore más de 3 hrs en relación al vuelo original.
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Si el viajero no puede embarcar por una sobreventa de
pasajes, tiene derecho a una compensación entre 2 y 20 UF, dependiendo de la
distancia del vuelo denegado y el retraso en arribar al destino. Además, tiene
derecho a optar por el siguiente vuelo disponible o a solicitar el reembolso
total de lo pagado por el pasaje aéreo.
En caso de algún incumplimiento, los consumidores pueden interponer sus
reclamos en www.sernac.cl , llamando en
forma gratuita al 800 700 100 o en las oficinas regionales y municipales del
consumidor.
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