Senado: Presupuesto 2018: mayor austeridad y reducción del déficit fiscal

Presupuesto 2018: mayor austeridad y reducción del déficit fiscal
La iniciativa que ingresa este sábado 30 de septiembre, para su trámite en el Congreso refleja una reducción del déficit efectivo y un menor nivel de endeudamiento.
Publicado el: 30/09/2017
Imagen foto_00000018Tal como se ha anticipado, el proyecto de ley de presupuestos 2018 que ingresa hoy, 30 de septiembre, al Congreso, tiene como principales ejes: la austeridad, el foco en los gastos en salud y educación, además de la reducción del déficit fiscal.

Los detalles y prioridades del erario nacional que comienza su trámite anual,  serán dados a conocer este lunes 2 de octubre, a partir de las 11:30 horas, con la exposición del ministro Nicolás Eyzaguirre sobre el estado de la Hacienda Pública, en la sala de sesiones del Senado, en el ex Congreso.

Cabe recordar que así lo afirmó el ministro de Hacienda, Nicolás Eyzaguirre quien dijo ante la Primera Subcomisión Especial Mixta de Presupuestos que “pensamos presentar el presupuesto con cuáles son los ingresos estructurales previstos para los cuatro años siguientes y cuáles son los gastos comprometidos. Ya es materia de la futura administración, conforme a La ley de Responsabilidad Fiscal, el definir cuál va a ser su política de reducción del déficit. Por tanto, van a estar los ingresos y los gastos comprometidos, allí una diferencia y si esa diferencia se usa para reducir déficit o para aumentar gasto ya es una decisión de política”.

Asimismo el ministro Eyzaguirre precisó que se continuará con “una tradición republicana que es que la administración que llegue cuente con un porcentaje del gasto, como ha sido en la historia, a efectos de poder determinar al más breve plazo sus prioridades”.

No obstante, recordó que “los gobiernos tienen la atribución de hacer reasignaciones, por tanto, tampoco es estrictamente cierto que los grados de maniobra en el año 2018 estén limitados al fondo de libre disposición". Detalló que nuestra legislación "no obliga a la ejecución plena de todas las partidas, y por tanto pueden perfectamente hacerse reasignaciones para re priorizar”.


¿POR QUÉ LA LEY DE PRESUPUESTOS SE TRAMITA TODOS LOS AÑOS?

Esta ley de carácter transitorio –porque tiene una vigencia anual-  es una de las más importantes que tramita el Congreso Nacional porque fija las prioridades y asigna los recursos de toda la administración del Estado. Esto significa que la totalidad de las finanzas públicas pasan por este proyecto de ley, que incluye: un mensaje, el articulado y las 29 Partidas presupuestarias correspondientes  a los distintos ministerios y reparticiones, incluyendo el Tesoro Público ( Partida 50).

¿CÓMO SE TRAMITA EL PROYECTO DE LEY DE PRESUPUESTOS?

Imagen foto_00000016Si bien se trata de un proyecto de ley, su trámite tiene algunas variaciones debido al grado de especialización técnica y la profundidad del estudio que requiere. Es así como de acuerdo al Artículo N° 67 de la Constitución “el proyecto de Ley de Presupuestos deberá ser presentado por el Presidente de la República al Congreso Nacional, a lo menos con tres meses de anterioridad a la fecha en que debe empezar a regir (1 de enero); y si el Congreso no lo despacha dentro de los sesenta días contados desde su fecha presentación, regirá el proyecto presentado por el Presidente de la República”.

Así el texto legal ingresa formalmente por la Cámara de Diputados, una vez que se da cuenta en Sala, el ministro de Hacienda, Nicolás Eyzaguirre da a conocer el Estado de la Hacienda Pública, donde delinea las principales características y prioridades del erario nacional.

Luego, la iniciativa y sus respectivas partidas pasan a ser analizada por las 5 Subcomisiones Especiales Mixtas de Presupuestos, integradas por diputados y senadores. Cabe recordar que estas Subcomisiones Mixtas están funcionando, en forma permanente, durante el año para hacer un seguimiento de la ejecución presupuestaria de cada repartición.

Una vez que dichas Subcomisiones emiten los informes respectivos, se reúne la Comisión Especial Mixta de Presupuesto, -instancia permanente compuesta por 13 senadores y 13 diputados y que preside el senador Carlos Montes-  quienes durante el año también hacen un seguimiento de la ejecución presupuestaria y, entre los meses de octubre y noviembre, se abocan exclusivamente  a conocer el erario para el año siguiente.

Luego que la Comisión Especial Mixta concluye su trabajo, el proyecto pasa recién a las Salas tanto de la Cámara de Diputados como del Senado. Eventualmente, si surgen discrepancias entre ambas Cámaras se debe formar una Comisión Mixta para zanjar las diferencias. Por lo tanto, en su tramitación rigen todas las instancias legales de tramitación, tales como veto presidencial, insistencias u observaciones.

¿CUÁL ES EL PLAZO PARA QUE EL CONGRESO DESPACHE LA LEY DE PRESUPUESTO?

El proyecto de Ley de Presupuesto debe estar despachado desde el Congreso Nacional dentro del plazo constitucional, es decir, 60 días contados desde el día de su presentación.

¿EL CONGRESO PUEDE AUMENTAR O DISMINUIR LOS MONTOS DE UN MINISTERIO, REPARTICIÓN O PROGRAMA ESPECÍFICO?

Imagen foto_00000015De acuerdo a nuestra Constitución “el Congreso Nacional no podrá aumentar ni disminuir la estimación de los ingresos; sólo podrá reducir los gastos contenidos en el proyecto de Ley de Presupuestos, salvo los que estén establecidos por ley permanente". Es decir, el Congreso no tiene facultades para disponer medidas que irroguen gasto fiscal.

La ley establece que "la estimación del rendimiento de los recursos que consulta la Ley de Presupuestos y de los nuevos que establezca cualquiera otra iniciativa de ley, corresponde exclusivamente al Presidente de la República, previo informe de los organismos técnicos respectivos".

En todo lo relativo a gastos, la facultad e iniciativa la tiene el Ejecutivo y el Congreso no puede aprobar ningún nuevo gasto con cargo a los fondos de la Nación sin que se indiquen, al mismo tiempo, las fuentes de recursos necesarios para atender dicho gasto.

 Si la fuente de recursos otorgada por el Congreso fuera insuficiente para financiar cualquier nuevo gasto que se apruebe, el Presidente de la República, al promulgar la ley, previo informe favorable del servicio o institución a través del cual se recaude el nuevo ingreso, refrendado por la Contraloría General de la República, deberá reducir proporcionalmente todos los gastos, cualquiera que sea su naturaleza.
  
¿QUÉ PASA SI EL PARLAMENTO NO APRUEBA LA LEY DE PRESUPUESTOS DENTRO DEL PLAZO CONSTITUCIONAL DE 60 DÍAS DESDE SU PRESENTACIÓN?

En caso que el Congreso Nacional no despachara el proyecto de Ley de Presupuestos, la Constitución define que el Presidente de la República promulgue como Ley de Presupuestos para el próximo año el proyecto original enviado por el Ejecutivo al Congreso, la que rige a partir del 1 de enero. Es decir, se excluyen todas las indicaciones y modificaciones surgidas durante la tramitación del Proyecto en el Parlamento.

Fuente: Senado

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