En el Año internacional de la Pesca y Acuicultura Artesanales: Subpesca celebra aprobación del Reglamento para Acuicultura de Pequeña Escala (APE)
En el Año internacional de la
Pesca y Acuicultura Artesanales: Subpesca celebra aprobación del Reglamento
para Acuicultura de Pequeña Escala (APE)
Tras la exitosa tramitación, este jueves 24 de febrero, el Diario
Oficial publicó el Reglamento para la Acuicultura de Pequeña Escala. La
ordenanza, impulsada por la Subsecretaria de Pesca y Acuicultura (Subpesca),
implica reconocer formalmente a la acuicultura de pequeña escala (APE), una
actividad que cuenta con más de 40 años de historia en el país y que será clave
para el desarrollo y proyección del sector pesquero artesanal chileno.
En este
sentido, la Subsecretaria Alicia Gallardo Lagno, expresó: "La aprobación
del reglamento APE constituye un hito y marca un precedente para el sector de
la acuicultura artesanal, más aún en este año tan significativo para el sector.
Chile está haciendo historia al reconocer a la acuicultura de pequeña escala
como tal y está impulsando y promoviendo esta actividad como una opción
sustentable para la diversificación productiva de la pesca artesanal".
"Esta
nueva norma- que está acorde al perfil del pequeño acuicultor- propicia el
desarrollo y consolidación de emprendimientos en esta área. Por tanto, estoy
segura que nuestros acuicultores de pequeña escala podrán mejorar su calidad de
vida, en línea con la sustentabilidad y contribuyendo positivamente con la
adaptación al cambio climático", agregó la autoridad.
En Chile,
hay actualmente alrededor de mil concesiones acuícolas de pequeña escala y 150
hectáreas autorizadas aproxidamente para el desarrollo de la actividad en áreas
de manejo. Dichas cifras debiesen ir al alza, cuando el reglamento se conjugue
con la aplicación de la vigente ley de Caletas y los diversos instrumentos de
fomento que se promueven mediante el INDESPA.
El
Reglamento APE es la primera ordenanza de Subpesca que cuenta con lenguaje
inclusivo y autorizará el desarrollo de actividades acuícolas en función de sus
sistemas de producción y no de las especies cultivadas. De ese modo, se
fomentarán los llamados cultivos multitróficos (más de una especie) que al
incorporar principios de reciclaje -entre otros- son amigables con el
medioambiente.
La nueva
norma, además, regulará las diversas disposiciones (ambientales, sanitarias y
de operación) a las que quedará sometido el ejercicio de la acuicultura de
pequeña escala, la que fue totalmente ajusta de tal forma de hacerla
proporcional al bajo impacto que tiene la acuicultura de pequeña escala.
Seis ejes estratégicos:
desde el reconocimiento de la APE a la mitigación del cambio climático
Entiendo el presente y desafíos de la acuicultura de pequeña escala, la
ordenanza contiene seis ejes estratégicos, el primero es sobre identificación
de este segmento, donde existirá un registro de acuicultores/as
de pequeña escala que permitirá darle reconocimiento y visibilidad a quienes
desarrollan esta actividad; el segundo es la incorporación
de nuevos actores y espacios, y en este sentido se suma a la
acuicultura tradicional: la acuicultura en caletas pesqueras, espacios costeros
marinos de los pueblos originarios (ECMPO) y la captación de semillas de
recursos hidrobiológicos desde el medio natural; el tercer eje se trata de
la facilitación
del acceso a los medios para el desarrollo de la actividad,
toda vez que la formalización permitirá que los acuicultores/as de pequeña
escala tengan acceso a crédito o a instrumentos de fomento para el desarrollo
de la actividad, asistencia técnica en todas las etapas de la cadena productiva
y apoyo para llevar adelante la comercialización de los productos. El Instituto
Nacional de Desarrollo Sustentable de la Pesca Artesanal y de la Acuicultura de
Pequeña Escala (INDESPA) jugará un rol clave por sí o a través de convenios.
A su vez,
el eje número cuatro se trata de la facilitación del acceso y cumplimiento de requisitos y
obligaciones previstas en la normativa, donde se eliminarán o
simplificarán trámites para acceder a la actividad y disminuir los tiempos de
tramitación, así como para su funcionamiento y cierre, de tal forma de hacerlos
proporcionales al bajo impacto ambiental y sanitario que tiene esta actividad;
en quinto lugar está el fomento del cultivo multitrófico, por cuanto se
facilitará la diversificación de los cultivos sin necesidad de modificar los
proyectos técnicos atendido sus beneficios ecológicos (biomitigación de
nutrientes y desarrollo de sinergias entre especies cocultivadas); y finalmente
el eje número seis sobre la medida de mitigación al cambio climático, ya que
permitirá a los productores disponer de un portafolio de especies posibles de
cultivar, otorgándoles una herramienta concreta de adaptación a los efectos del
cambio climático y a las posibles variaciones de mercado que deban enfrentar.
El
reglamento puede ser visualizado en el siguiente link: https://www.subpesca.cl/portal/616/articles-113640_documento.pdf
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