Senado: Interoperabilidad de fichas clínicas en etapa final de tramitación
Moción cumple su tercer trámite
Interoperabilidad de fichas clínicas en etapa final de tramitación
Los senadores revisaron los cambios realizados por la Cámara Baja al texto, aprobándolos. En simple, el proyecto busca garantizar la continuidad del cuidado del paciente independiente del prestador.
28 de marzo de 2024
Su total respaldo -por unanimidad- a las enmiendas realizadas por la Cámara Baja, entregaron los integrantes de la Comisión de Salud, al proyecto que establece la interoperabilidad de las fichas clínicas.
La norma de autoría de los senadores Juan Luis Castro, José Miguel Insulza, Francisco Chahuán, Javier Macaya y Matías Walker, y el ex parlamentario Álvaro Elizalde, apunta a sistematizar la información médica que se encuentra dispersa de los pacientes.
Su objetivo es garantizar la continuidad del cuidado del paciente con independencia de quien sea el prestador. Ello, al establecer la interoperabilidad de la ficha clínica, tanto de prestadores públicos como privados y fijar estándares uniformes para ello. A su vez, refuerza la protección de los datos personales y la seguridad de la información. Y, por otra parte, sanciona la negativa o retardo injustificado en la entrega de información de las fichas clínicas.
En la sesión -en la que asumió la presidencia el senador Javier Macaya de manos del senador Juan Luis Castro-, los parlamentarios revisaron junto al jefe del departamento de Tecnologías de Información y Comunicaciones (TIC) del Ministerio de Salud (Minsal), Jorge Herrera, los artículos aprobados por las diputadas y diputados, los que fueron respaldados.
En lo sustancial, se confirmaron los siguientes aspectos:
“Se entenderá por ficha clínica, el instrumento obligatorio en el que se registra el conjunto de antecedentes relativos a las diferentes áreas relacionadas con la salud de las personas, custodiada por uno o más prestadores de salud, en la medida que realizaron las atenciones registradas, que tiene como finalidad integrar la información necesaria en el proceso asistencial de cada persona, y permitir una atención continua, coordinada y centrada en las personas y sus necesidades clínicas.
Los prestadores deberán conservar la ficha clínica por un período de al menos quince años. Asimismo, serán responsables del cumplimiento de lo dispuesto en la ley N°19.628
Un reglamento expedido a través del Ministerio de Salud establecerá la forma y las condiciones bajo las cuales los prestadores almacenarán las fichas, así como las normas necesarias para su administración, adecuada protección, eliminación e interoperabilidad”.
En el debate, los parlamentarios consultaron por el acceso a las fichas clínicas que tendrá el Instituto de Salud Pública (ISP) del Minsal, en particular si los datos serán anónimos considerando la debida protección de los datos. La cartera aseguró que esos antecedentes solo serán utilizados con fines estadísticos y en ningún caso, se hará uso de la información pormenorizada.
También preguntaron por cómo el ministerio piensa materializar el registro de información de los prestadores. Así se adelantó que existiría una plataforma unificada donde cada prestador subiría la información de los pacientes y cuando se genere una consulta nueva, ese nuevo prestador podría recurrir a esa fuente de datos.
Con esta aprobación en esta instancia parlamentaria, en una próxima sesión ordinaria, el proyecto de interoperabilidad de fichas clínicas podría ser puesto en votación en particular. De ser apoyado, quedaría en condiciones ser promulgado como ley.
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