Senado: Menores abandonados en hospitales: establecen deber de informar dicha situación en 24 horas al Servicio de Protección Especializada
Menores abandonados en hospitales: establecen deber de informar dicha situación en 24 horas al Servicio de Protección Especializada
La moción de autoría de la senadora Astudillo apunta a terminar con el desamparo en que se encuentran cientos de niños y niñas en centros de salud del país. Muchos casos están judicializados a la espera de su derivación.
En abril pasado, la Comisión de Salud recibió de la ministra de la cartera, May Chomalí, quien sinceró que existen mil pacientes sociosanitarios en el país. Es decir, personas que reciben el alta médica, pero permanecen hospitalizados por falta de red de apoyo o vivienda adecuada para sus cuidados.
De acuerdo a la autoridad sanitaria, de esa cifra, los menores de 15 años representan cerca del 23% del total de estos pacientes y un 31%, se encuentran judicializados.
Con estos datos en mente, la senadora Danisa Astudillo presentó una moción que modifica diversos cuerpos legales, con el objeto de otorgar protección a los niños y niñas abandonados en establecimientos de salud.
La propuesta en primer trámite pasó a la Comisión de Familia, Infancia y Adolescencia, la que la comenzará a estudiar el martes 22 de septiembre. En lo fundamental el texto busca aminorar los efectos perniciosos del abandono desde los primeros días del nacimiento de un menor pensando en el daño que ocasiona esta situación en el neurodesarrollo.
“La idea es cumplir con los convenios suscritos por el Estado de Chile, estableciendo la igualdad entre los niños evitando que las circunstancias del nacimiento sean causas de vulnerabilidad o diferencias sociales, por lo que se establece que, a fin de garantizar el desarrollo integral del menor, se garanticen medios explícitos para garantizar su desarrollo físico y psíquico”, explica la moción.
Dado lo anterior, pretende:
Establecer los lineamientos para enfrentar la situación del abandono estableciendo la obligación perentoria de informar dentro de 24 horas al Servicio de Protección Especializada a la Niñez y Adolescencia, o al Tribunal de Familia
Orientar la decisión del juez a aquella opción que garantice el desarrollo afectivo del menor abandonado con carácter urgente. Se propone que prefiera confiar su cuidado a una persona o familia (parientes consanguíneos o personas con las cuales tenga relación de confianza), o su ingreso a un programa de acogida con personas debidamente evaluadas y capacitadas.
PROYECTO
“Los directores de hospitales y clínicas particulares que tomaren conocimiento del abandono de un niño o niña en los establecimientos por ellos dirigidos, deberán informar esta situación al Servicio Nacional de Protección Especializada a la Niñez y Adolescencia o al Tribunal de Familia competente, dentro del plazo de veinticuatro horas contadas desde la última visita o desde su ingreso, en caso de no concurrencia. Semestralmente reportará la cifra de niños en esta situación al Departamento de Estadísticas e Información de Salud (DEIS) del Ministerio de Salud”.
“En el caso de abandono de un niño o niña en un establecimiento de salud, el juez resolverá de inmediato y preferirá adoptar las medidas cautelares consistentes en confiarlo al cuidado de una persona o familia, o su ingreso a un programa de acogida con personas debidamente evaluadas y capacitadas por el Servicio de Protección Especializada a la Niñez y Adolescencia”.
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