Senado: Responsabilidad penal adolescente: aumentan penas máximas para menores infractores de ley
Responsabilidad penal adolescente: aumentan penas máximas para menores infractores de ley
La Comisión de Constitución del Senado aprobó disposiciones que establecen un techo máximo de 10 años para menores de 14 a 16 años de edad y de 15 años para jóvenes de 16 y 17 años.
Comisión de Constitución
Aumentar las penas máximas para los menores infractores de ley y establecer criterios objetivos de determinación de condenas, fueron algunos de los puntos aprobados por la Comisión de Constitución del Senado en el marco del estudio de las indicaciones al proyecto que modifica la ley de responsabilidad penal de los adolescentes para fortalecer la respuesta sancionatoria frente a conductas consideradas de especial gravedad.
Así lo explicaron los senadores Pedro Araya y Andrés Longton, presidente de la comisión y autor de la iniciativa respectivamente.
“Se aumentaron los techos de pena, llevando a 15 años como pena máxima para los menores de 16 y 17 años, y 10 años para los de 15 y 16, para ciertos delitos, que son los delitos más graves”, dijo el senador Araya.
Por su parte, el senador Longton destacó la aprobación de las disposiciones pues “los tramos que hoy día llegaban a los 5 años de pena, quedaron en 10 años para los menores de 14 a 16 y entre 16 y 17 años, el tramo que era de 10 años, quedó en 15”.
Asimismo, explicó que “establecimos una regla especial donde la determinación de la pena va a tener un criterio objetivo para que las reglas especiales de determinación para los menores de edad no cambie dependiendo del tribunal donde caiga una determinada causa. Eso le da mayor objetividad y mayor certeza jurídica a las víctimas y las familias respecto a un catálogo de delitos violentos que hoy día los menores de edad están recuperando la libertad rápidamente”.
El legislador valoró que existiera mayoría para aprobar una norma relativa a los delitos contra la propiedad que comenten menores de edad. “Se van a sancionar como consumados, que es una regla que había y se dejó aplicar hace algún tiempo y eso significaba que los menores de edad que cometen delitos tan graves como los portonazos, encerronas, o distintos delitos contra la propiedad quedaban en libertad rápidamente, ni siquiera en internación provisoria, porque cuando era tentado o frustrado, las penas bajaban exorbitantemente, y los jueces, obviamente, hacían una prognosis de pena y los dejaban en libertad”.
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