El 22 de diciembre fue publicado en el Diario Oficial el Decreto N° 1.148 del Ministerio de Hacienda, que modifica el arancel aduanero nacional de la República de Chile, el que entrará en vigencia a partir del 01 de enero de 2012.
El 22 de diciembre fue publicado en el Diario Oficial el Decreto N° 1.148 del Ministerio de Hacienda, que modifica el arancel aduanero nacional de la República de Chile, el que entrará en vigencia a partir del 01 de enero de 2012. En él, entre otras modificaciones, se amplía la glosa arancelaria del trigo, con el objeto de aumentar el nivel de información existente para los trigos importados y mejorar su caracterización, de acuerdo a los atributos utilizados en el mercado doméstico.
De este modo, los importadores deberán acreditar en origen el tipo de trigo y caracterizar su calidad. La clasificación por calidad deberá acreditar el contenido de gluten y, en consecuencia, constar en un certificado de análisis emitido por un laboratorio competente en origen.
Toda la información normativa relacionada se encuentra en la página web del Servicio Nacional de Aduanas http://www.aduana.cl/
De este modo, los importadores deberán acreditar en origen el tipo de trigo y caracterizar su calidad. La clasificación por calidad deberá acreditar el contenido de gluten y, en consecuencia, constar en un certificado de análisis emitido por un laboratorio competente en origen.
Toda la información normativa relacionada se encuentra en la página web del Servicio Nacional de Aduanas http://www.aduana.cl/
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